Te puedes quedar sin coche

El 23 de diciembre de 2010 entró en vigor la reforma del Codigo Penal. Entre las novedades que afectan a los delitos
contra la seguridad vial se equiparan las penas para castigar los delitos de exceso de velocidad y alcohol con los de
conducir sin carnet, al entender que no existen razones para diferenciarlos.

Respecto del decomiso de los vehículos, el nuevo Código Penal establece, tal y como avanzó hace varios meses Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que los conductores condenados por exceso de velocidad y alcohol, o
conducir sin carnet se quedarán sin coche.

Por ello, AEA ha expresado de nuevo su opinión desfavorable a la redacción que se ha dado al nuevo artículo 385 bis,
en el que prevé la pérdida y el decomiso de los vehículos utilizados en todos los delitos contra la seguridad vial.

Hasta ahora, esta medida sólo estaba prevista para el delito contemplado en el Artículo 381 del Código Penal, relativo a los “conductores kamikazes”. Sin embargo, con la reforma  aprobada se amplía a todos los delitos de seguridad
vial previstos en el Capitulo V.

El comiso o decomiso es una pena accesoria que consiste en la pérdida definitiva de los efectos o instrumentos utilizados en la comisión de delitos. En nuestra legislación penal se encuentra recogida en todos los Códigos desde 1822 (con excepción del de 1928), y su finalidad era anular cualquier ventaja que pudiera obtener el
delincuente con el fruto del delito.

Por eso, AEA considera desproporcionada esta medida cuando se trata de instrumentos que no provienen de un delito, como pudiera ser el caso de delitos por tráfico de drogas, o de robos, en los que sí está justificado.

“Y si lo que se persigue es una medida precautoria o cautelar para evitar que se pueda utilizar temporalmente un vehículo mientras alguien está privado del derecho a conducir, o sometido a cualquier programa de desintoxicación de alcohol o drogas -advierte AEA- lo que debería haberse regulado no es el decomiso sino el depósito, que es una figura más adecuada  para estos supuestos, ya quepermite recuperar la posesión del vehículo una vez que el automovilista ha pagado su deuda con la sociedad”.

Test para detectar drogas

Otra de las novedades de la reforma es la obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de drogas mediante
test indiciarios de saliva.

Autor: AEA
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3 ideas en “Te puedes quedar sin coche

  1. Estado fascistaaaa!!!. Creo que está en estudio, para cuando esta medida ya no surja efecto, el crucificar los conductores al borde de la carretera, para escarmiento público, con un cartel indicando el delito. Para ello, se han basado en un estudio histórico, que demuestra que lo hacían los romanos en la vía Apia y daba buenos efectos.

  2. A mi no me parece normal lo que esta gente egoísta hace, 1º permiso por puntos (recaudar, hacer cursos y subir el impuesto de las multas), ahora decomisar el vehículo (tu trabajas 4,5 o los años que sean para poder tener algo y así te compras un coche y ademas de pagar la multa, puntos te quitan el valor en dinero del vehículo) son unos ladrones no llega con pagar, encima ay que regalarles la nómina, lo normal es que te privaran del vehículo y después te lo devolvieran, sería lógico pero no robar….

  3. La cuestión es que castigan 20 veces por la misma falta, te multan, te quitan puntos, te quitan el coche y encima, te dan por culo.

    Es el concepto de «libertad» arraigado en el pensamiento socialista, prohibir prohibir y prohibir, todo por el pueblo pero sin contar con el pueblo.

    ¿Que diferencia hay con Patxi? también era todo por el pueblo pero sin el pueblo… en fin… más y más de lo mismo.

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