Los radares vascos multan un 32% más al ‘cazar’ a 118.000 conductores en 2010

Automovilistas Europeos denuncia que se están imponiendo sanciones superiores a las legalmente previstas.En la Dirección General de Tráfico (DGT) no se cansan de recordar que el exceso de velocidad está presente en uno de cada cuatro accidentes mortales, así que mantienen una cruzada contra los conductores que se pasan pisando el acelerador.

La Administración vasca no es diferente. Por eso, en la pasada Semana Santa fueron habilitados 32 nuevos radares en las carreteras de Euskadi, que pasaron así de 38 a 70. El resultado de este incremento ha sido contundente: la Ertzaintza tramitó el pasado año 118.220 denuncias por circular a más kilómetros de los autorizados, lo que supone 324 cada día. Esa cifra representa un aumento del 32% respecto al ejercicio anterior, en el que se sumaron 89.110 sanciones.

Los datos manejados por el Departamento de Interior, a los que ha tenido acceso EL CORREO, reflejan un hecho curioso: 3.128 de los vehículos multados eran extranjeros, una circunstancia que tiene una vinculación directa con el crecimiento de turistas procedentes de países vecinos que llegaron al País Vasco en 2010 o lo cruzaron para dirigirse a otros destinos. Y, pese al estigma que persigue a los motoristas como adictos a la velocidad, solo 469 infracciones fueron cometidas por ellos.

Las cifras podrían dispararse este año por un acontecimiento que quizás haya animado a los conductores a correr ás. El pasado 27 de enero trascendió una información según la cual el director de la DGT, Pere Navarro, habría enviado una orden a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. En ella se imponía que en las vías limitadas a 120 se deberían configurar los radares para que empezasen a multar a partir de los 135 kilómetros por hora, en vez de a los 138 a los que supuestamente saltaban hasta entonces.

Esto sería tanto como autorizar la circulación a 135 kilómetros por hora. Y también podría animar a los conductores a hacer ciertos cálculos. Por ejemplo, si se considera que los velocímetros de los coches deben marcar, por ley, unos cuatro kilómetros por hora por debajo de la velocidad real, muchos podrían verse legitimados para conducir al borde de los 140 sintiéndose inmunes a las multas.

Pues no. En primer lugar, porque en Euskadi la competencia sobre este asunto le corresponde al Gobierno vasco y no es la Guardia Civil, sino la Ertzaintza, quien gestiona este cometido. «Aquí, el límite de velocidad es el que aparece especificado en la vía y los controles se hacen sobre los límites reales», asegura, inflexible, la directora de Tráfico del Ejecutivo autónomo, Amparo López. Portavoces de la DGT rechazan entrar en debates y se limitan a insistir en que «el conductor no puede superar la velocidad» que indican las señales. «Por parte de Tráfico, esto es todo», señalan tajantes las mismas fuentes.

Cambios legales

¿A qué debemos hacer caso? ¿Alguna vez fueron los radares tan generosos como para saltar a los 138? ¿Podemos estar tranquilos ahora conduciendo a 135? «Eso es una tontería», responde rotundo Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA). «A nosotros nos llegan expedientes con velocidades de 132 kilómetros por hora. Si alguien de Tráfico confirma oficialmente lo de los 135, habría que revisar todos esos casos». Pero no hay confirmación oficial. Todo lo contrario.

Con los cambios legales ocurridos en los últimos años se ha generado una atmósfera de confusión en todo lo referente a las velocidades. Hasta 2009 la regulación era flexible y eso provocaba importantes diferencias entre ciertos territorios. Por ejemplo, mientras que los radares de la DGT saltaban a partir de los 132 kilómetros por hora, los de la Ertzaintza lo hacían a los 127, y los de los Mossos d’Esquadra catalanes bajaban a los 126.

Además, la cuantía de las multas era variable, «solo había infracciones graves y muy graves, con multas hasta 300 o hasta 600 euros». Y cada Administración decidía las distintas escalas, aseguran desde la AEA: «Cada una tenía sus propios cuadros sancionadores». Aquella situación era bastante absurda y muy injusta porque lo que se multaba en Euskadi no era objeto de sanción en Burgos. Y si lo era, podría serlo en diferente cuantía.

Precisamente para evitar esto se publicó a finales de 2009 la nueva Ley de Tráfico, que está en vigor desde mayo del año pasado. En ella se establece claramente la sanción exacta que le corresponde a cada exceso de velocidad, lo que da una mayor seguridad a los conductores, que en todo momento saben a qué se exponen.

«En cuanto alguien se entera de que me dedico a esto, lo primero que me pregunta es a qué velocidad saltan los radares», admite una empleada del Gobierno vasco. «Te prometo que no lo sé».

Diferentes dispositivos

El asunto es peliagudo y depende del margen de error que, como todo aparato, tienen estos dispositivos. Son testados en el Centro Español de Metrología (CEM), donde «verificamos que los cinemómetros funcionan correctamente», explican en este organismo dependiente del Ministerio de Industria. Cada modelo es diferente y, por supuesto, los más modernos son mucho más precisos que los antiguos. Pero, en cualquier caso, también para esto hay una normativa: los radares fijos deben tener una desviación máxima de 5 km/h hasta velocidades de 100 km/h; y del 5% para velocidades superiores. En el caso de los dispositivos móviles el margen de error no debe superar los 7 km/h o el 7%, según se mida a un vehículo que vaya a menos o más de 100 km/h.

Resumiendo: ¿podemos confiar entonces en un margen del 5% o el 7% para superar los 120 km/h en autopista? No. Porque, siendo estos los máximos legales, hay aparatos más precisos. «Además, un mismo dispositivo se puede calibrar de manera diferente en distintos momentos», alerta la directora de Tráfico del Gobierno vasco.

En definitiva, los portavoces oficiales no sueltan prenda. Si pone 120, hay que ir a 120. Todo exceso implica un riesgo de multa o, insisten, para la seguridad vial. Pero en Automovilistas Europeos Asociados tienen acceso a cientos de expedientes y eso les da una panorámica interesante. «Ahora, tanto la DGT como la Ertzaintza en el País Vasco están aplicando el margen de error máximo en el primer tramo». Es decir, empezarían a multar a partir de los, más o menos, 127 kilómetros por hora. Mario Arnaldo alerta de una práctica perversa: a partir de los siguientes tramos -asegura- no aplican el margen de error a las mediciones de los radares.

Los efectos de ese hecho son serios. Un caso práctico. En la foto marca que el vehículo de turno iba a 151 km/h. Si no se le aplica el preceptivo margen de error, la multa es de 300 euros y hay retirada de dos puntos. Si se aplica el porcentaje corrector, la sanción se queda en 100 euros y no hay retirada de puntos. «Y es peor aún cuando la diferencia es que se trate o no de un delito», explica Arnaldo. ¿No será que el propio aparato aplica ya el margen de error? «No. Ya preguntamos a Metrología si había algún radar homologado que venga con la velocidad corregida y nos dijeron que no», concluye.

Fuente: El Correo

Autor: Otros
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