¿Donde pueden viajar los niños?

El Art 117 del Reglamento General de Circulación dispone lo siguiente: La utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:

a) Respecto de los asientos delanteros del vehículo: Queda prohibido circular con menores de doce años situados
en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros.

b) Respecto de los asientos traseros del vehículo:
1.º Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.
2.º Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar
indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad
para adultos.

c) Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero
protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de
que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática.

ELIJA EL DISPOSITIVO MÁS ADECUADO PARA EL PESO DEL NIÑO

La Directiva 2003/20/CE solo determina la clasificación de los sistemas de retención para niños, pero no el tipo de anclaje que precisa cada uno de ellos, por eso AEA les recomienda que consulten siempre con el fabricante de la silla y del vehículo.

0 – Menos de 10 kg – Cuco de seguridad o silla/cesta contramarcha
0+ – Menos de 13kg – Silla/cesta contramarcha
I – Entre 9 kg y 18 kg – Silla en sentido de la marcha
II – Entre 15 kg y 25 kg – Cojín elevado con respaldo
III – Entre 22 kg y 36 kg – Cojín elevado

Autor: AEA
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