Multa anulada por dejadez de la administración

En este pais es muy comodo para el organismo expoliador de turno, especializado en ladrocinios varios, eso de que como el domicilio de registral del vehículo no coincide con la dirección real del propietario, en ese caso la multa se da por notificada via edictal que naturalmente provocan que el sufrido y expoliado conductor no se de por enterado hasta que le llega la multa con recargos via agencia tributaria.

Un juez sensato, a raíz de un recurso del Comisariado Europeo del Automóvil, ha declarado nula la multa y ha alegado para ello una verdad como un templo, y es que el Ayuntamiento de Madrid no habia indagado lo suficiente para que la multa llegara al domicilio del conductor. Domicilio real del conductor que estaba perfectamente dado de alta ya que no estamos hablando de un ciudadano huido o cosas por el estilo, no, estamos hablando de un ciudadano honrado no como en este caso ha demostrado ser el Ayuntamiento que le multó.

La sentencia ha indicado textualmente: «antes de acudir a la notificación edictal, la Administración debe intentar la notificación en el domicilio idóneo, bien porque éste consta en el mismo expediente o porque su localización resulte extraordinariamente sencilla, normalmente acudiendo a oficinas o registros públicos».

Según CEA, y personalmente no dudo de su palabra, «son muchos los conductores en España que reciben una reclamación de deuda por multas de circulación sin tener constancia de dicha sanción». Evidentemente esto ocurre porque la administración notifica la multa en el domicilio registral del vehiculo segun datos de la DGT, y claro, como es lógico, no interesa investigar demasiado ni mirar en otros registros, mejor el robo al conductor, de eso muchos entienden bastante.

Parece que queda claro que las administraciones públicas tienen obligación de indagar para conocer el domicilio del propietario del vehículo multado, y mas aun teniendo en cuenta que casi siempre son ciudadanos honrados cuyos datos están perfectamente registrados.

En palabras de CEA, la prueba mas evidente ha sido la «dejadez en la localización del automovilista es que la notificación de multa, enviada por el organismo correspondiente, no llega, pero la reclamación de la deuda enviada por la Agencia Tributaria, por ejemplo, sí que es entregada en el domicilio del sancionado». Evidentemente esto es asi porque al organismo que expolia al ciudadano le interesa que sea asi y de esta forma la multa llegue con los recargos pertinentes.

CEA aconseja a los ciudadanos que hayan recibido directamente la reclamación de la deuda sin tener constancia de notificación de multa alguna que reclamen, que revisen su expediente, y que recurran a la administración para que sea anulado.

Desde AntiRadares Blog tenemos claro que hay que frenar el robo al pueblo que esta siendo cometido por diversas instituciones públicas, no se puede consentir que los derechos de un pueblo mal representado por sus gobernantes sean pisoteados de forma sistemática y sin que se pueda hacer nada, porque la realidad de noticias como esta que estoy escribiendo ahora, es que es la excepción a la regla, ya que la regla es que el pueblo esta indefenso frente al expolio al que esta siendo sometido.

Autor: Alvaro
Creador y administrador del grupo de webs de Portalvasco.com. Desde Septiembre del año 2006 escribiendo en este blog sobre aviso de radares, radares y cinemómetros, noticias sobre temas de tráfico, motor, seguridad en carretera, seguros, leyes, un poco sobre sociedad, actualidad y temas relacionados con informática, accesorios electrónicos e internet.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *