La scooter, el tipo de moto con mayor accidentalidad

Según el estudio «Accidentalidad y Tribus Moteras (2009-2013)», realizado por la Fundación Línea Directa, el tipo de moto con mayor número de accidentes es la Scooter y el perfil del conductor con más priesgo de siniestralidad, el de un varón mayor de 35 años al frente de ella. Para la realización de este informe, la Fundación Línea Directa ha analizado los datos de las estadísticas agregadas de 48.500 accidentes de moto registrados y aportados por la aseguradora Línea Directa durante los últimos cinco años (2009-2013).

Por tribu motera, el 23,5% de los accidentes registrados en el periodo analizado era de Scooter, seguido de las motos de Carretera, con un 20,2%, y de las Custom, con un 19,5%. Según Francisco Valencia, Director General de la Fundación Línea Directa, «la Scooter es una moto muy popular en grandes núcleos urbanos que se utiliza para desplazarse de forma práctica y eficiente por las ventajas que ofrece (conducción con el carné clase B en las de 125cc, facilidad de aparcamiento, posibilidad de circular por el carril bus o parrilla de salida en semáforos). Por ello, no es de extrañar que el perfil del motorista que más accidentes sufre en España esté más relacionado con un profesional de ciudad que utiliza un vehículo a dos ruedas como éste para desplazarse diariamente al trabajo, que con un joven al sillín de una moto deportiva».

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Autor: DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) es un organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior de España responsable de la ejecución de la política vial. La administración territorial se compone de 50 Jefaturas Provinciales de Tráfico, una por provincia, dos jefaturas locales de Tráfico en Ceuta y Melilla y 14 oficinas locales de Tráfico que realizan la tramitación relativa a la titularidad de los vehículos, conductores y procedimiento sancionador por infracciones de tráfico en el ámbito interurbano. En estas labores cuenta con el apoyo de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Fue creada mediante la ley 47/59, de 30 de julio de 1959, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico.

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