Nuevos límites de velocidad después de Navidad

Ayer, en el Pleno del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, anunció que el Gobierno aprobará después de las fechas navideñas la reforma del Reglamento General de Circulación, que incluye los nuevos límites de velocidad en las carreteras y ciudades españolas.

El Reglamento General de Circulación incluirá las novedades incluidas en la última reforma de la ley de tráfico, en vigor desde el pasado 9 de mayo, salvo el apartado de los cambios en los límites de velocidad, que llegarán a las carreteras y las ciudades con el Reglamento.

Nuevos límites de velocidad:

Autopistas y autovías

– Turismos y motos de dos o tres ruedas podrán circular a una velocidad de 130 km/h en determinados tramos de autopistas y autovías señalizadas al efecto. Es decir, cuando lo indiquen los paneles de mensaje variable de forma temporal y en tramos en los que existan índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y pavimentación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales.

– Otro de los cambios en las autopistas y autovías es que los autobuses que lleven pasajeros de pie o no tengan instalados cinturones de seguridad no podrán ir a más de 80 km/h.

Carreteras convencionales

– En las carreteras convencionales, el límite de velocidad para coches, motos y cuadriciclos baja de 100 a 90 km/h cuando circulen por una vía con un ancho de al menos 6,5 metros (baremo que sustituye a los actuales 1,5 metros de anchura del arcén).

– El límite de velocidad baja de 90 a 70 km/h si la calzada es menor de 6,5 metros y con marcas de separación entre ambos sentidos.

– Baja de 90 a 50 km/h si la calzada tiene menos de 6,5 metros y no hay líneas discontinuas entre los carriles. Y en las vías secundarias sin pavimentar no se podrá circular en ningún caso a más de 30 km/h.

Ciudades

– Por lo que respecta a las ciudades, el límite genérico actual de 50 km/h se mantiene cuando las calles tengan más de un carril por sentido. Si son de un solo carril y sentido único de circulación o con un carril por sentido, el límite baja a 30 km/h, y si las vías urbanas cuentan con una plataforma única de calzada y acera, a 20 km/h.

Fuente: DVuelta

Autor: DVuelta
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