El Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid) pinta de colores los pasos de peatones

El Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid) está pintado de colores los pasos de peatones del municipio.
Desde hace unos meses éstos se están pintado con figuras geométricas de colores vivos entre las franjas blancas.

Pero ¿son legales?

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) quiere advertir que esta nueva señalización de los pasos de peatones que se está realizando en Torrelodones no se encuentra autorizada en el Reglamento General de Circulación ni se ajusta al Catálogo oficial de señales de circulación. Por lo tanto, en nuestra opinión, se trata de una señalización ilegal e inventada.

Además, señala AEA, al señalizar de esta manera los pasos de peatones, este Ayuntamiento se está autoatribuyendo competencias que no le vienen encomendadas ni por la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, ni por la Ley de Seguridad Vial.

Para AEA, el Ayuntamiento de Torrelodones, en el ejercicio de su facultad de ordenación del tráfico, puede disponer la señalización correspondiente de acuerdo con los principios racionales y técnicos que exige la materia circulatoria, a fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos, (como ha reconocido el Tribunal Supremo, en sentencias de fechas 23-10-90, 19-7-2000 y 16-4-2002) pero lo que no puede llevar a cabo es la elaboración de las señales, encomendada al Estado de acuerdo con la normativa internacional en la materia, debiéndose establecer reglamentariamente el catálogo oficial de señales que vinculan a todos los municipios de España y que constituye una homogeneización en la regulación del tráfico rodado que garantiza la seguridad jurídica de los ciudadanos tanto nacionales como extranjeros.

Por ello, en el hipotético supuesto de que el municipio de Torrelodones, entendiera que las señales de tráfico incluidas en el Reglamento General de Circulación, son insuficientes para el ejercicio de la facultad de ordenación del tráfico, deberá dirigirse al Órgano competente de la Administración del Estado, para que conforme a las atribuciones que le confiere el art. 149 de la Constitución elaboremás modelos que se adecúen a los hipotéticos supuestos no incluidos en el Reglamento General de Circulación, pero no puede crear ningún modelo de señal, por carecer de competencia para ello.

Lo que dice el Reglamento de Circulación. Artículo 168.

Marca de paso para peatones. Una serie de líneas de gran anchura, dispuestas sobre el pavimento
de la calzada en bandas paralelas al eje de ésta y que forman un conjunto transversal a la calzada, indica un paso para peatones, donde los conductores de vehículos o animales deben dejarles paso. No podrán utilizarse líneas de otros colores que alternen con las blancas.

Autor: AEA
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