Cambios para los usuarios del BUS-VAO-ECO

Desde el 25 de enero de este año, pueden utilizar los carriles BUS-VAO-ECO, independientemente del número de ocupantes, los taxis, los vehículos con distintivo ECO, C o B -en este caso sólo cuando así lo avise la señalización variable- o los vehículos destinados al uso compartido (carsharing). Dado que existe una gran confusión en este tema, en AEA queremos aclarar quién puede utilizar legalmente estos carriles.

La congestión circulatoria de acceso a las ciudades está obligando a las autoridades de tráfico de todo el mundo a adoptar medidas tendentes a reducir el uso del vehículo privado.

Una de ellas es la utilización de los llamados carriles BUS-VAO por los que sólo pueden circular determinados vehículos. A este concepto inicial se han añadido las siglas ECO, para definir los vehículos que también pueden circular por estas vías en función de su nivel de emisiones contami nantes.

¿Dónde hay un BUS-VAO?

En la actualidad, la DGT localiza carriles VAO en la calzada central de la carretera A-6 (kms. 6 al 20), en Madrid, y en los carriles izquierdos de ambos sentidos de la carretera GR-3211 (kms. 0,115 al 1,410, en sentido creciente y 0,105 al 1,530, sentido decreciente), en Granada.

Mínimo dos personas

Para circular por estos carriles se exige un mínimo de dos ocupantes incluido el conductor, quedando limitada su utilización a motocicletas de dos o tres ruedas, turismos, autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, autobuses articulados y vehículos mixtos adaptables .

Sólo con uno

También pueden ser utilizados por vehículos ocupados sólo por el conductor cuando se trate de los vehículos citados anteriormente si ostentan la señal V-15, por los titulares de permisos de conducción con limitación física acreditada si figura consignado el código nacional 200 y se dispone de autorización en anexo expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico, así como las motocicletas de dos o tres ruedas o los autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos y autobuses articulados.

Vehículos Cero Emisiones

Asimismo pueden circular sólo con el conductor los turismos clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como cero emisiones.

Vehículos ECO

También pueden circular los clasificados como ECO, C o B, solamente cuando en los paneles de mensaje variable de acceso a los carriles VAO se indique tal extremo. Los vehículos deberán ir identificados por el adhesivo que a tal efecto se ha configurado, colocado en el ángulo inferior derecho del parabrisas -o en defecto de éste, en lugar visible-.

Taxis

Por último, pueden circular por estos carriles, aunque sólo los ocupe el conductor, los taxis que cuenten con modulo luminoso exterior y licencia de autotaxi en vigor y los vehículos destinados al uso  compartido (carsharing). Estos últimos deberán ir identificados por el adhesivo que a tal efecto se ha configurado, colocado preferentemente en el ángulo superior izquierdo del parabrisas.

Vehículos prohibidos

Se prohíbe, por tanto, la circulación al resto de los vehículos y conjuntos de vehículos, incluidos los turismos con remolque, así como a peatones, ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal y animales.

Vehículos exentos

Pueden circular los vehículos de policía, bomberos, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria en servicio de urgencia, así como los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la  infraestructura de la vía.

Multas
Los infractores al uso de carriles VAO se exponen a una multa de 200€, y no les vale argumentar, como ha sucedido en algún caso, que van acompañados de…“un maniquí”, o de su “mejor amigo”, porque hasta ahora los perros no se consideran personas.
Autor: AEA
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