Calendario de prohibiciones de circulación en Madrid

A continuación explicamos el calendario de prohibiciones y restricciones al tráfico de vehículos en Madrid previsto en la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible que entró en vigor el 24 de octubre, tras ser publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCAM).

RESUMEN

A partir del 1/1/2015 – No podrán circular por ninguna vía de la ciudad los vehículos que carezcan del distintivo ambiental.

A partir del 1/1/2020 – Con alguans excepciones no podrán circular por ninguna vía de la ciudad los vehículos que carezcan del distintivo ambiental.

A partir del 1/2/2023 – No podrán circular por ninguna vía de la ciudad los autotaxis y VTC que carezcan del distintivo ambiental y los clasificados como B con excepción de acondicionados para sillas de ruedas: Hasta el 31/12/2025.

A partir del 1/1/2028 – No podrán circular por ninguna vía de la ciudad los autotaxis y VTC con distintivo C.

MADRID CENTRAL

Desde el 30 de noviembre de 2018 sólo podrán circular por el Área “Madrid Central” los vehículos de residentes.

Hasta el 31/12/2019 los vehículos de los no residentes que carezcan de distintivo ambiental podrán acceder a esta zona sólo si son invitados, si van a los PAR (aparcamientos para residentes) o acceden a plazas de garaje particulares.

A partir del 1/1/2025 – No podrán circular los vehículos de residentes que carezcan del distintivo ambiental.

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Autor: AEA
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