Anteproyecto de reforma del procedimiento sancionador

El gobierno ha aprobado el anteproyecto de reforma del procedimiento sancionador en materia de seguridad vial el cual contempla algunos cambios que voy a señalar en este artículo. Cambios destinados a lo que es menester (para ellos claro) que es favorecer la recaudación, poner trabas a los conductores que recurren sus multas y tambien, muy importante, favorecer mas todavía la teoría del «paga y calla» que tantas veces ha sido demostrada como lo que mas le gusta a la DGT.

Según ha explicado la vicepresidenta del gobierno María Teresa Fernandez de la Vega estas son algunas de las novedades de la reforma del procedimiento sancionador y que el consejo de ministros remitirá a las cortes. 

– Habrá una única notificación en vez de las tres actuales.
– El pronto pago pasa de tener un descuento del 30% a tenerlo de un 40%.
– Cuantias de las multas proporcionadas al peligro potencial creado por el conductor.
– Se fijan las cuantias de las multas en 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves, estas cuantias podrán incrementarse hasta en un 30% según el potencial peligro creado por el conductor.
– La cuantia de sancion por exceso de velocidad se fija según el número de kilómetros excedido.
– Se elimina la suspensión del permiso de conducir para las infracciones graves.
– Suspensión del permiso sino se identifica al conductor del vehículo que realiza la infracción.
– Si el conductor no paga ni realiza alegaciones, en el plazo de un mes la sanción sera firme y el procedimiento quedará concluido.
– La responsabilidad de identificar a quien conducía se traslada desde el titular del vehiculo al conductor habitual del mismo por considerar que el es quien sabe mejor esa información.
– La Dirección General de Tráfico (DGT) asignará obligatoriamente a las empresas o sociedades que sean titulares de un vehículo una dirección de correo electrónico (Dirección Electrónica Vial -DEV-) donde se les notificarán las infracciones. En el caso de particulares esto será opcional.
– Además, se creará un Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico en formato digital, en donde se publicarán las notificaciones que no puedan hacerse en la DEV o en el domicilio, y que va a sustituir a la obligada publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, del Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia.

Como el actual procedimiento sancionador es largo y ampara al conductor, según la DGT con todas estas medidas, según la DGT, se van a cobrar practicamente el 100% de las multas, es decir, que el conductor ya no va a tener opción de reclamar nada y segun dan a entender todas las reclamaciones se van concluir con que el conductor no tiene derecho a reclamar y se equivoca ya que las sanciones de la DGT nunca son incorrectas y siempre tienen la razón en todo. No hay derecho a reclamar porque ya nos estan diciendo que va a dar igual. Ahora algo tendrán que decir los de AEA o DVuelta.

Autor: DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) es un organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior de España responsable de la ejecución de la política vial. La administración territorial se compone de 50 Jefaturas Provinciales de Tráfico, una por provincia, dos jefaturas locales de Tráfico en Ceuta y Melilla y 14 oficinas locales de Tráfico que realizan la tramitación relativa a la titularidad de los vehículos, conductores y procedimiento sancionador por infracciones de tráfico en el ámbito interurbano. En estas labores cuenta con el apoyo de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Fue creada mediante la ley 47/59, de 30 de julio de 1959, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico.

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