Desterrado: Hasta tres años de cárcel por reventar un radar

Para controlar la velocidad de circulación de los ciudadanos no vale todo, pero para evitar que lo hagan tampoco. Esta es la realidad en nuestras leyes… así te lo cuento. Este episodio se ha corregido por hacer mención al artículo 283.2 (por error) y ser de aplicación el artículo 263.2 (cambiar un dígito lo cambia todo). Disculpen las molestias.

Autor: Alvaro
Creador y administrador del grupo de webs de Portalvasco.com. Desde Septiembre del año 2006 escribiendo en este blog sobre aviso de radares, radares y cinemómetros, noticias sobre temas de tráfico, motor, seguridad en carretera, seguros, leyes, sociedad, actualidad, temas relacionados con informática, accesorios electrónicos e internet.

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