El municipio de Sevilla va a incrementar su número de radares fijos para conseguir mejorar la seguridad vial consiguiendo que los vehículos no excedan la velocidad establecida en la vía. En teoría la idea de esta instalación de nuevas cabinas es la de reducir el número de atropellos de los peatones que cruzan la vía en los distintos pasos de cebra disponibles. La puesta en funcionamiento de estos radares será, según previsión, en Octubre, tras pasar el periodo de revisión y pruebas. Actualmente se están realizando ya los trabajos de preinstalación.
TIPO DE RADAR INSTALADO
El radar instalado es un cinemómetro de tipo Multaradar, resumiendo, es un radar que puede distinguir perfectamente entre varios vehículos a la vez, en ambos sentidos de la circulación y sancionar sin ningún problema a todos. Hay que tener cuidado con estos nuevos radares ya que funcionan muy bien, son muy eficientes y precisos. Hay que tener claro que cuando hay varios vehículos circulando a la vez en el campo de visión del radar, este modelo de radar si que es capaz de medir a todos los coches que pasan y distinguir perfectamente a que vehículo está midiendo cada vez.
UBICACIÓN DE LAS CABINAS
Estas nuevas cabinas de radar están ubicadas en diferentes ubicaciones de la Ronda Urbana Norte.
– Ubicación 1 – sentido Parque Miraflores – 50 km/h.
– Ubicación 2 – sentido Glorieta Olímpica – 50 km/h.
– Ubicación 3 – sentido Parque Miraflores – 50 km/h.
– Ubicación 4 – sentido Sevilla Este – 50 km/h.
Fotos: Ubicación 1, Ubicación 2, Ubicación 3, Ubicación 4.
TABLA DE EXCESO DE VELOCIDAD Y SANCIONES
En el caso de cabinas de radares fijos situados en zonas de 50 km/h, por ley, pueden sancionar ya a partir de 1 km/h a lo que hay que añadir el margen de error que corresponda, a modo de coeficiente reductor, el cual es de 3 km/h en el caso de radares fijos. Por si no ha quedado claro, a modo de ejemplo, si el radar nos mide una velocidad de 57 km/h entonces la sanción se tramitará a 54 km/h. En el caso de que la velocidad de la foto sea la misma que la velocidad de la sanción entonces la multa no sería válida.
Exceso de velocidad (vía de 50 km/h) | Importe | Puntos |
---|---|---|
Entre 51 y 70 km/h | 100€ | 0 |
Entre 71 y 80 km/h | 300€ | 2 |
Entre 81 y 90 km/h | 400€ | 4 |
Entre 91 y 100 km/h | 500€ | 6 |
Mas de 101 km/h | 600€ | 6 |
Estas nuevas cabinas de radar estarán ya incluidas en la base de datos de radares de los avisadores Lince y Onlyyou desde la actualización del mes de Junio de 2025.