Una nueva sentencia anula una multa de velocidad a un Socio de AEA por no aplicar correctamente el margen de error del radar
Una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid ha estimado la reclamación promovida por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de nuestros Socios, y ha anulado la sanción de 300€ y la detracción de 2 puntos que le impuso Trafico por circular supuestamente a 153 km/h. con límite de 120 km/h., en el km. 14,8 de la A-50, ya que para la graduación de la sanción no aplicaron los márgenes de error legalmente establecidos. Además condena a la Administración con 200 euros de costas.
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