Sentencia con condenas

Nueva forma de entender el transporte en la ciudad

Hiriko pretendía ser un nuevo concepto para la movilidad urbana

Estaba llamado a ser un proyecto de referencia internacional en el sector de la automoción y terminó siendo un fiasco, además de un cúmulo de irregularidades y un saco sin fondo que engulló subvenciones millonarias. Los promotores del que iba a ser el ‘coche eléctrico vasco’ incluso le habían puesto nombre, se llamaría ‘Hiriko’. Hoy, los administradores de la sociedad que lo impulsaba han sido condenados por el Juzgado de lo Mercantil 1 de Vitoria por haber provocado la quiebra de la compañía por una “imprudencia grave que agravó la insolvencia” de la empresa Afypaida, sociedad que impulsó el fallido proyecto Hiriko.

Los condenados, Jesús Echave, que llegó a ser consejero de Kutxabank a propuesta del PNV, Íñigo Antia –exconcejal del PNV en Vitoria- y los empresarios José Luis Bengoechea y Fernando Achaerandio deberán indemnizar con 535.000 euros a los acreedores que dejaron tras de sí y con los que sufragaron el coste del coche de carreras que a modo de ‘banco de pruebas’ compraron a Epsilon Euskadi agravando aún más la delicada situación financiera de la sociedad. Además, quedarán inhabilitados durante dos años para administrar bienes ajenos.

Es sólo la condena del proceso civil al que próximamente seguirá el penal, aún en fase de instrucción. El proyecto Hiriko se remonta a los años del Gobierno de Juan José Ibarretxe y de los contactos entre el Ejecutivo vasco y el que entonces presidía en minoría José Luis Rodríguez Zapatero. El Gobierno central fue el que más fondos públicos otorgó a este proyecto a través del Ministerio de Ciencia e Innovación que dirigía la guipuzcoana Cristina Garmendia.

Algunos de los condenados son empresarios a los que se ha vinculado con el PNV y otros, como el caso de Iñigo Antia, han ocupado cargos políticos en nombre del partido y ha estado muy cercano a la dirección del PNV en Alava. En su sentencia, la magistrada concluye que otras catorce sociedades vinculadas con el proyecto ‘Hiriko’ no tuvieron responsabilidad en la quiebra del mismo, salvo Circuito del Norte S.L., a la que considera “cómplice” y condena a contribuir al pago de la citada indemnización. En realidad, la condena no cuestiona el grueso de la gestión del proyecto del coche eléctrico, que considera bien diseñado. Sí reprocha la decisión de comprar el coche de carreras a Epsilon en un momento en el que la operación no hizo sino agravar aún más la delicada situación de la sociedad.

La jueza considera que la quiebra de Afypaida, que llegó a recibir cerca de 19 millones de euros en subvenciones públicas –en su inmensa mayoría del Ministerio de Ciencia e innovación- fue culpable por la compra a esta última empresa por un importe de 535.000 euros de un coche de carreras para utilizarlo como elemento experimental. Una compra que se llevó a cabo a finales de 2012, en un “momento extraordinariamente delicado en cuanto a la financiación del proyecto” y “prácticamente” a la vez que “se comunica a los trabajadores que la continuidad” del mismo “pasa por la búsqueda de inversión privada ante el inminente agotamiento de los fondos”.

La sentencia sin embargo no accede a la reclamación de penas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado que reclamaban la devolución de los 18,9 millones en subvenciones, en el caso de la Abogacía del Estado y de 17,7 millones por parte de la Fiscalía, que además reclamaba una década de inhabilitación para los acusados.

La compra del citado vehículo es la que centra la base de la condena. Entiende que la jueza que “no fue solo una decisión equivocada”, sino que además fue “contraria a la diligencia” y dado que la insolvencia de Afypaida se produjo cinco meses después de esa compra supone “una agravación de la situación”. “Se trata de una decisión gravemente imprudente que merma directamente en más de medio millón los fondos de la asociación”, señala el fallo, en el que se constata que el coche “jamás llegó a ser utilizado como banco de pruebas” y que además se tenía en “posesión gratuita” desde 2011.

Fue una operación “totalmente injustificada” que la jueza cree que “obedeció al interés de los socios de salvaguardar su propio patrimonio” dado que “provocó un flujo de transferencias” entre Circuito del Norte S.L. y Afypaida, que “permitió cancelar” diversos préstamos de los que los condenados o sus empresas “eran fiadores”.

La jueza también reprocha el retraso en presentar el concurso de acreedores, algo que no ocurrió hasta febrero de 2015 a pesar de que la actividad de la empresa “quedó paralizada” en el primer trimestre de 2013 “por la ausencia de recursos” y a pesar de que en abril de ese mismo año ya estaba “en situación de insolvencia real, efectiva, con deudas vencidas y exigibles que no podía atender”. Niega por otra parte “que haya existido algún tipo de engaño, simulación u ocultación”.

Fuente: Casos Aislados

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