La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de un año de cárcel impuesta a un joven que conducía borracho,
invadió con su coche las vías del tren y causó un descarrilamiento y heridas a 14 personas. Además, la aseguradora del conductor deberá pagar 721.405 euros por las lesiones y los daños materiales ocasionados ya que la Audiencia establece que el accidente fue un hecho derivado de la circulación de vehículos y, por lo tanto, cubierto por su seguro.
De esa cantidad, 685.603 euros serán para Renfe por los desperfectos en el convoy, catenarias y traviesas, y el resto para los heridos, cuyas indemnizaciones han quedado fijadas entre 1.100 y 14.923 euros.
La compañía de seguros había recurrido la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla al entender que el siniestro no era un “hecho derivado de la circulación” , según el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, sino que se debía aplicar la excepción de circular por “vías o terrenos no aptos para la circulación ni de uso común”