Estas sanciones, impuestas por el Ayuntamiento de Madrid, se hacen mediante cámaras y tanto las que se ubican en los semáforos para multar a quienes los rebasen en fase roja, como las ubicadas en las zonas de circulación restringida (el Barrio de Las Letras, por ejemplo), vulneran el principio de presunción de inocencia que asiste a todo administrado, dado que la denuncia del agente se apoya en medios que no cumplen con la normativa vigente.
Según el artículo 70.2 del Real Decreto 339/1990 de 2 de marzo se señala que «los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico estarán sometidos a control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, de 18 de marzo (RCL 1985, 623), de Metrología y su normativa de desarrollo.».
Hace un par de años caí en el barrio de Las Letras…
Ya la pagué y mi pregunta es si merece la pena recurrirla o por el contrario ya no hay nada que hacer…
Cuando te llego la multa y cuando pagaste?
Creo que tengo el resguardo de la multa en casa.
En cuánto pueda te contesto.
Gracias y un saludo