El Ayuntamiento de Xátiva es otro de los consistorios que se ha animado a optimizar la recaudación mediante la instalación de cinemómetros fijos. Esta vez han instalado 3 nuevas cabinas, que han sido ubicadas en calles de muy poca velocidad y que según indican comenzarán a sancionar en el mes de Agosto. Las ubicaciones han sido escogidas por que según nota de prensa del ayuntamiento los vehículos circulaban a bastante velocidad por calles especialmente sensibles a atropellos.
TIPO DE RADAR INSTALADO
El cinemómetro instalado dentro de las cabinas es de tipo láser, concretamente es el TruCAM II.Estos cinemómetros, aunque en este caso estén ubicados en calles de un solo sentido de circulación, si no fuera así serían capaces de sancionar en ambos sentidos a la vez. También son capaces de sancionar a varios vehículos a la vez aunque, previsiblemente en este tipo de calles donde los han ubicado, no será el caso ya que los vehículos circulan de uno en uno.
Esta maquinaria también puede hacer lectura y control de matriculas. Si llegan a implementar esa funcionalidad, lo cual desconozco, mediante la lectura de matriculas se pueden sancionar vehículos que están circulando y no han pasado la ITV o están sin seguro por poner dos ejemplos.
UBICACIÓN DE LAS CABINAS
Estas nuevas cabinas de radar están ubicadas en diferentes ubicaciones de ciudad, todas en vías 20 km/h.
- Carrer Hostals – sentido Plaça de Sant Jaume.
- Carrer Segurana – sentido Plaza Concentaina.
- Carrer de Sant Agusti – Carrer Santo Domingo.
TABLA DE EXCESO DE VELOCIDAD Y SANCIONES
En el caso de cabinas de radares fijos situados en zonas de 20 km/h, por ley, pueden sancionar ya a partir de 1 km/h a lo que hay que añadir el margen de error que corresponda, a modo de coeficiente reductor, el cual es de 3 km/h en el caso de radares fijos. Por si no ha quedado claro, a modo de ejemplo, si el radar nos mide una velocidad de 27 km/h entonces la sanción se tramitará a 24 km/h. En el caso de que la velocidad de la foto sea la misma que la velocidad de la sanción entonces la multa no debería ser válida.
| Exceso de velocidad (vía de 20 km/h) | Importe | Puntos |
|---|---|---|
| Entre 21 y 40 km/h | 100€ | 0 |
| Entre 41 y 50 km/h | 300€ | 2 |
| Entre 51 y 60 km/h | 400€ | 4 |
| Entre 61 y 70 km/h | 500€ | 6 |
| Mas de 71 km/h | 600€ | 6 |
Estas nuevas cabinas de radar estarán ya incluidas en la base de datos de radares de los avisadores Lince y Onlyyou desde la actualización del mes de Julio de 2025.


















