La Dirección General de Tráfico (DGT) ha expedientado a un examinador del permiso de conducir en la provincia de Pontevedra por negarse a realizar exámenes en carretera ya que su criterio para circular en las rotondas era diferente al que tenía la anterior jefa provincial de Tráfico.
El examinador considera que los criterios que aplica la Jefatura Provincial de Tráfico de Pontevedra, desde que la anterior jefa, María Fernanda Pardo, ostentó la jefatura, son «ilegales». Por ello, solamente examina del teórico y del práctico en pista, motivo por el que ha sido expedientado. Toda esta situación comenzó en el año 2005, cuando María Fernando Pardo, jefa de Tráfico en aquel momento, impuso que las señales de señalización de carriles en las glorietas no se obedecieran, lo que para él es un disparate.
Además, el funcionario de Tráfico tampoco se mostraba de acuerdo con el criterio que se aplicaba en las intersecciones con dos carriles con una señal vertical de stop y un ceda el paso pintado en el suelo. El criterio era que se realizara el stop al prevalecer la señalización vertical, aunque en su opinión, si se aplica el artículo 132 del Reglamento General de Circulación, habría que realizar el ceda el paso.
El apartado 3 de este artículo establece que ”los usuarios deben obedecer las indicaciones de los semáforos y de las señales verticales de circulación situadas inmediatamente a su derecha, encima de la calzada o encima de su carril, y si no existen en los citados emplazamientos y pretendan girar a la izquierda o seguir de frente, las de los situados inmediatamente a su izquierda”.
Circulación en rotondas
Las rotondas se han convertido en uno de los puntos de circulación más peligrosos tanto en ciudad como
en vía interurbana debido al desconocimiento de su correcta utilización por parte de los conductores.
La regla general a tener en cuenta es el artículo 21, apartado 2.C de la Ley de Seguridad Vial (LSV) según el cual: ”En defecto de señal que regule la preferencia de paso, el conductor está obligado a cederlo a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes casos: C/ en las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretenden acceder a aquellas”.
Sin embargo, cuando las rotondas son de varios carriles, la maniobra realizada por los vehículos que ya están circulando por ellas y pretenden cambiar de carril para abandonar la rotonda, se rige por el Art. 28.2 de la LSV, que establece que: “toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril, deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar”.
A la hora de entrar en una rotonda tienen preferencia de paso los vehículos que vayan circulando por ella
sobre aquellos que intentan acceder a la glorieta; por lo tanto al incorporarse a una glorieta siempre habrá
que ceder el paso a los coches que circulen por ella.
Al abandonar una glorieta para tomar la salida de destino siempre tendremos que hacerlo desde el carril de la
derecha. En el caso de que esta maniobra no sea posible, daremos una vuelta completa a la rotonda hasta que se nos permita un cambio de carril para efectuar nuestra maniobra.