Un magistrado de Sevilla declara nula la sanción de 300 euros y dos puntos a un conductor pillado a 126 km/h en una vía limitada a 80. El juez denuncia que el jefe provincial de Tráfico de Cádiz no dictó la resolución sancionadora, lo que es «una flagrante violación de la competencia». Además, dice que el afectado no fue informado de los recursos de los que disponía ni de las consecuencias de no alegar en un plazo de 15 días.
Según la sentencia, el Ministerio del Interior utilizó para sancionarlo el procedimiento sumarísimo previsto en la Ley de Tráfico, que prevé que la multa surta efecto si el denunciado no formula alegaciones en 15 días, procedimiento que el juez considera «harto dudoso», ya que está limitado a infracciones leves o a las graves que no detraigan puntos.
Fuente: 20 Minutos