La Agencia Tributaria ha comenzado a devolver a los contribuyentes el “céntimo sanitario” tras ser declarado ilegal por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). No obstante, el importe a reintegrar (alrededor de 2.000 millones de euros) se á muy inferior al recaudado (13.000 millones), ya que la Comisión Europea ha permitido al Gobierno español que devuelva sólo una parte del “céntimo sanitario”, dado que la devolución íntegra de lo cobrado indebidamente supondría incumplir la directiva comunitaria que fija el tipo mínimo del Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados
Hidrocarburos (IVMDH) .
El Gobierno está obligado a devolver este tributo después de que la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional considerara vinculante la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que declaró el IVMDH contrario a la directiva europea. Este impuesto -más conocido como el “céntimo sanitario” porque supuestamente con él se iban a financiar determinados gastos sanitarios de las Comunidades autónomas- se estableció en España el 1 de enero de 2002 y ha estado vigente hasta el 31 de diciembre de
2012 .
El Gobierno lo creó haciendo uso de la posibilidad establecida en la Directiva 92/12/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa al régimen de los hidrocarburos. Esta norma europea permitía a los Estados miembros gravar los carburantes con otros impuestos, además del impuesto especial armonizado, siempre que con ello se persiguiera una finalidad específica y se respetasen las normas impositivas aplicables al resto de los impuestos.
Sin embargo, en febrero de este año el TJUE estimó que la norma española no cumplía estos requisitos y, por tanto, era contraria al Derecho de la Unión.