La DGT utiliza medios automatizados para detectar vehículos que circulan sin seguro obligatorio

Alrededor de 2 millones de vehículos que circulan por nuestras vías públicas no tienen suscrito el Seguro Obligatorio de Automóviles, una póliza exigida por la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor, cuyo objeto es responder pecuniariamente de los daños personales y materiales que se generen en caso de accidente de tráfico.

Con objeto de detectar la circulación de los vehículos sin seguro, la Dirección General de Tráfico está comprobando a través de los medios automatizados de control y de monitorización instalados en las carreteras que los vehículos que circulan por ellas tienen contratada dicha póliza.

Se trata de, aproximadamente, el 10% del parque de vehículos calculado sobre los vehículos matriculados desde 1996.

INSOLIDARIDAD

Los propietarios que no tienen asegurado el vehículo cargan sobre el resto de ciudadanos las responsabilidades pecuniarias por los daños que causen con sus vehículos en caso de accidente. La prima del seguro obligatorio del automóvil que tienen que suscribir todos los propietarios de vehículos contiene un recargo de 3,5 euros que se destina a que el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) afronte los gastos producidos por los vehículos sin seguro.

Por lo que los daños e indemnizaciones pagadas por este organismo por vehículos sin asegurar las pagamos todos.

Esta entidad es la que afronta, como responsable subsidiario, el pago en caso de accidente y la que garantiza las indemnizaciones derivadas por daños a personas y a los bienes, en aquellos casos en que el propietario del vehículo implicado en el accidente no tenga suscrito el seguro obligatorio.

Las implicaciones derivadas del incumplimiento de esta obligatoriedad generan un gran perjuicio a la sociedad, y en particular a las personas que sufren un accidente de tráfico contra un vehículo cuyo propietario no tiene asegurado.

Los titulares de vehículos que no tengan suscrito el seguro obligatorio de accidente se enfrentan a la inmovilización y depósito del mismo y a sanciones que van de los 601 a los 3.005 euros de sanción, en función del tipo del vehículo y de otras circunstancias. En 2015, la DGT tramitó alrededor de 50.000 denuncias por circular con un vehículo que carecía del seguro obligatorio.

Por ejemplo, circular con un ciclomotor sin el seguro obligatorio supone 1.000 euros de sanción. En el caso de motocicletas 1.250 €; turismos 1.500€ y en el caso de camiones o autobuses la cuantía se eleva a los 2.800€.

Según la Ley, las autoridades competentes en materia sancionadora tienen la obligación de entregar al Consorcio de Compensación de Seguros el 50% del importe de las sanciones recaudadas por este precepto, para hacer frente a las indemnizaciones a las víctimas de accidentes en el caso de que el vehículo implicado en el accidente no tenga la póliza suscrita.

MÁS DESPLAZAMIENTOS Y ELEVADA EDAD DE LOS VEHÍCULOS

Los indicadores relacionados con el tránsito de vehículos acreditan que desde 2015 se está produciendo un aumento sostenido de la movilidad de los vehículos a motor, lo que implica una mayor exposición al riesgo.

A este factor se le suma que pese a la tendencia al alza en la matriculación de nuevos vehículos, la edad media del parque sigue siendo muy elevada y creciente. Según diferentes informes de la DGT, los vehículos con más de 10 años de antigüedad no sólo son más vulnerables a los accidentes, sino que además, las consecuencias para los ocupantes son más graves.

Fuente: DGT

Autor: DGT
La Dirección General de Tráfico (DGT) es un organismo autónomo dependiente del Ministerio del Interior de España responsable de la ejecución de la política vial. La administración territorial se compone de 50 Jefaturas Provinciales de Tráfico, una por provincia, dos jefaturas locales de Tráfico en Ceuta y Melilla y 14 oficinas locales de Tráfico que realizan la tramitación relativa a la titularidad de los vehículos, conductores y procedimiento sancionador por infracciones de tráfico en el ámbito interurbano. En estas labores cuenta con el apoyo de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Fue creada mediante la ley 47/59, de 30 de julio de 1959, sobre regulación de la competencia en materia de tráfico.

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