El 2 de mayo entró en vigor la Orden PAR/375/2018 que modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, que regula los requisitos de aptitud psicofísica para obtener o renovar el permiso de conducción. Esto afecta a enfermedades del sistema cardiovascular, diabetes, trastornos hematológicos y oncológicos.
Las sucesivas modificaciones de los requisitos de aptitud psicofísica –realizadas con la colaboración de las sociedades científicas de la especialidad médica correspondiente y con base en la normativa europea– tienen como fin adaptar los requisitos al avance en el conocimiento de las enfermedades, su tratamiento –farmacológico, quirúrgico…– y la repercusión en la calidad de vida del conductor enfermo.
Los criterios son diferentes en función del tipo de permiso, siendo siempre más exigentes para el grupo 2 –”profesional” (que autoriza a conducir autobuses, camiones, etc.)–, debido a las mayores exigencias y responsabilidad que soportan.