La normativa reguladora de la actividad de la reparación de automóviles clasifica los talleres en independientes o marquistas, y establece cuatro ramas de actividad: mecánica, electricidad, carrocería y pintura. Como especialidades se consideran la reparación de motocicletas, neumáticos, equipos de inyección, y aquellas otras en los que queda limitada su actividad a la reparación o sustitución de determinados equipos o sistemas del vehículo.
PLACA-DISTINTIVO
Todos los talleres deberán exhibir una placa identificativa en su fachada exterior, de color azul, común a todos los talleres -ya sean independientes o marquistas-, en la que figurará el símbolo de la rama de actividad a que se dedique.
ADIÓS A LA LETRA PEQUEÑA
Igualmente deberán exhibir de forma perfectamente visible al público, al menos en castellano y en caracteres de tamaño no inferior a 7 milímetros la siguiente información:
-Los precios por hora de trabajo
-Leyendas que especifiquen el derecho al presupuesto previo, el derecho a una garantía de reparación por tres meses o 2.000 kms., y la existencia de hojas de reclamación.
Los documentos que expidan los talleres (resguardos, presupuestos, facturas, etc), y que contengan clausulas que afecten a los derechos de los usuarios, no pueden estar impresos en un tamaño de letra inferior a 1,5 mm de altura
CATÁLOGO DE LOS FABRICANTES
Los talleres de marca dispondrán, además, de los catálogos actualizados del fabricante conteniendo los tiempos de reparación y los precios de los repuestos.
PRESUPUESTO
Los usuarios tienen derecho a un presupuesto escrito de las reparaciones, que tendrá una validez mínima de doce días. Únicamente se procederá a reparar el vehículo cuando el cliente haya prestado por escrito su conformidad, o haya renunciado de forma fehaciente a su elaboración. En caso de que el presupuesto no sea aceptado, el vehículo deberá ser devuelto en análogas condiciones a las que fue entregado y el taller sólo podrá facturar el tiempo invertido en su elaboración.
RESGUARDO DE DEPÓSITO
Siempre que el vehículo quede depositado en el taller, bien para la elaboración de un presupuesto o para reparar, el taller deberá entregar al usuario un resguardo acreditativo del depósito que le será requerido al ir a retirar el automóvil. En él se indicará una descripción de las operaciones a realizar, con sus importes, así como el plazo de entrega previsto.
FACTURA
Los talleres están obligados también a entregar al cliente una factura detallada, en la que se desglosen las operaciones realizadas y sus tiempos, y los repuestos utilizados.
GASTOS DE ESTANCIA
Únicamente procederá el cobro por gastos de estancia del vehículo en el taller a partir del tercer día en que se le haya comunicado al cliente el mporte del presupuesto (o la terminación de la reparación), y éste no se pronuncie al respecto (o no retire el vehículo). Tales gastos sólo procederán cuando el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller.
GARANTÍA
Salvo pacto de un plazo superior, las reparaciones están garantizadas por tres meses ó 2.000 kms. Esta se entiende total,
incluyendo materiales, mano de obra, y todos los gastos que se puedan ocasionar, tales como los de grúa, etc. Producida la avería durante el período de garantía el usuario deberá comunicarlo de inmediato al taller reparador y actuará bajo sus indicaciones. Caso de acudir a otro taller sin el conocimiento del que hizo la reparación la garantía se pierde.
HOJAS DE RECLAMACIÓN
Todos los talleres deben tener a disposición de los usuarios hojas de reclamación. Caso de inexistencia o negativa del taller a entregársela, solicite el auxilio de la policía más próxima. Para hacer la correspondiente reclamación ante las autoridades competentes el usuario dispone de un plazo máximo de 2 meses desde que le fue entregado el vehículo reparado o desde que finalice el plazo de la garantía.