Para adaptar la legislación española a la Directiva europea 2003/59/CE, el Consejo de Ministros del 22 de julio aprobó un Real Decreto en el que se regula la formación inicial y continuada de los conductores del sector del transporte de viajeros y de mercancías.
Este Real Decreto establece la formación inicial que han de tener los nuevos conductores que se quieran incorporar al sector de mercancias a partir del 11 de septiembre de 2009, al igual que han hecho los del sector de viajeros un año antes. La formación exigida se demostrará con el Certificado de Aptitud Profesional (CAP), que sólo se podrá obtener superando un examen después de haber seguido un curso de formación.
El CAP acredita que determinados conductores profesionales han superado los cursos y exámenes exigidos para la nueva formación obligatoria en toda la Unión Europea.
Esta acreditación supone disponer a nivel europeo de profesionales cualificados y adaptados a las nuevas exigencias de este mercado para mejorar la calidad, la seguridad vial y el servicio en la actividad del transporte por carretera.
Están obligados a realizar esta formación los conductores profesionales de transporte por carretera de viajeros o de mercancías de vehículos de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E de empresas establecidas en cualquier estado miembro de la Unión Europea.
Existen determinadas excepciones que no necesitan sacar el CAP. Estos son los conductores de los siguientes tipos de vehículos:
– Los que circulan a 45 km/h de velocidad máxima.
– Aquellos usados por las Fuerzas Armandas, Protección Civil, Bomberos y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
– De ensayo.
– Los que son usados en situaciones de emergencia.
– Los utilizados en clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducción.
– Los que se usan para el transporte privado particular de viajeros o mercancías.
– Los que transporten material para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal del conductor.
Formación y examen
Existen dos tipos de cursos para obtener el certificado de cualificación inicial:
– Modalidad ordinaria, con 280 horas de duración, tanto teórica como práctica.
– Modalidad acelerada, con 140 horas de duración, tanto teórica como práctica.
Estos cursos sólo pueden realizarse en centros autorizados. La formación se basa en tres pilares principales: la conducción racional y medioambiental, la reglamentación del sector transportes y de la logística y la salud y seguridad en el transporte.
El certificado de haber realizado el curso es válido durante seis meses. Si no se supera el examen o no se realiza en el plazo establecido, deberá realizarse el curso nuevamente. El examen consta de 100 preguntas tipo test, con cuatro opciones de respuesta.
También existe un curso de formación continua que sirve para la recuperación de hasta un máximo de cuatro puntos del permiso de conducción. Además, el curso en su modalidad de transporte de mercancías sirve para adquirir la licencia para el transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera. A partir del 2011, todos los conductores de transporte de viajeros y mercancías tendrán que pasar por las aulas de formación 35 horas cada cinco años.
Fuente: CEA Online