Las víctimas llevan años reclamándolo y la OMS lo convirtió en el lema de una campaña: hay que cambiar el término “accidente de tráfico” por otro más correcto, puesto que no es un suceso imprevisible. Cinco expertos definen la responsabilidad jurídica y ética de cinco casos basados en accidentes reales.
Ya lo dijo el periodista Juan José Millás en el año 2005 en un artículo publicado en “El País” al denunciar que nos afectan más las noticias sobre atascos que sobre muertos. Y es que la sociedad no reacciona igual ante una víctima de la carretera que ante una víctima de terrorismo. Al filósofo Manuel Reyes Mate esto le llama mucho la atención. Según él, la sociedad “invisibiliza a las víctimas, no culpabiliza, no hay un juicio moral crítico de la sociedad”. Esto es así porque para el filósofo “esas muertes se ven como el precio del progreso y la velocidad”.
La asociación de víctimas Stop Accidentes lleva desde sus inicios reivindicando el uso del término “violencia vial”. En esta lucha por concienciar a la sociedad, Ana Novella, presidenta de esta organización, explica que no podemos olvidar que son “conductas que provocan un daño a otra persona”. En el último Foro Internacional organizado por Stop Accidentes en septiembre del año pasado, la directora general de Tráfico, María Seguí, se sumó a la iniciativa sugiriendo la palabra “incidente” en lugar de “accidente”. El vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Fernando de Rosa, fue mucho más contundente al proponer el término “delito”. En su opinión, “no se deberían llamar accidentes de tráfico, sino infracciones que pueden derivar en faltas o delitos según la gravedad de los hechos”. En determinados casos, continúa diciendo, “las faltas por imprudencia con resultado de lesiones deberían agravarse y considerarse también delitos”. El término “accidente” también ha generado problemas lingüísticos y conceptuales entre los profesionales de la salud pública. Montserrat Ruiz, investigadora de la Universidad de Navarra, propone llamarlo “suceso lesivo” para evitar destacar el carácter predecible de los accidentes. “El término accidente no cubre adecuadamente la complejidad del fenómeno, por lo que considero acertada la posición del mundo de la salud pública que evita su uso”, asegura la investigadora.
Desde un punto de vista lingüístico, el secretario de la Real Academia de la Lengua Española (RAE), Darío Villanueva, asegura que “la terminología correcta en español para referirse a accidente es llamarlo accidente”. Para el académico, los accidentes “claro que son accidentales”. De la misma opinión es el psicólogo Javier Urra, que pone como ejemplo de “accidente” el de “un conductor que saliendo de su garaje a 10 km/h se le cruza sin aviso una señora mayor que está sorda y no escucha el claxon”. Para Javier Urra, “siempre hay una causa detrás del accidente, pero no siempre hay culpa o responsabilidad”. Según el diccionario de la RAE,explica Darío Villanueva, accidente, en su segunda acepción, es un “suceso eventual que altera el orden regular de las cosas” y en su tercera acepción, más específicamente, “suceso eventual o acción de la que involuntariamente resulta daño para las personas o cosas».
Darío Villanueva no considera apropiado el uso de “incidente” para referirse a los accidentes de tráfico, porque que un accidente”. “Así, no sería lo mismo decir –explica el académico– ayer tuve un incidente con mi bici que decir ayer tuve un accidente con mi bici”. Jeanne Picard, delegada de Stop Accidentes, explica que incidente “tiene una connotación menor que define riesgos sin graves consecuencias y lamentablemente su uso transmitiría a la sociedad una imagen falsa”. El secretario de la RAE, Darío Villanueva, tampoco recomienda el uso del eufemismo “violencia vial”, porque “estaríamos confundiendo la causa con el efecto, un error lingüístico y lógicamente imperdonable”. El secretario de la RAE explica que, por ejemplo, “si a un conductor solitario y abstemio le patina el coche por culpa de una placa de hielo y vuelca, ¿de quién es la violencia vial?, ¿de la vía?, ¿del carácter del conductor?, ¿de su impericia?, ¿del hielo?, ¿del frío?”. El abogado José Pérez Tirado plantea utilizar los mismos términos que se usan en el Código Penal español. “Sería imprudencia de tráfico –propone– aquella conducta del conductor que ha vulnerado normas del Código de Circulación produciendo daños corporales a terceras personas”. Dentro de estas imprudencias, el abogado distinguiría: “leves y graves, dependiendo de la intensidad de la vulneración y reservaría el calificativo de ‘violencia vial’ a aquellas conductas agresivas que ponen en riesgo al resto de usuarios de la vía”. En el extremo opuesto, Pérez Tirado solo se referiría a accidentes de tráfico en “aquellos hechos donde el conductor no ha cometido infracción a la normativa y, si existen daños corporales, son imputables al riesgo de la circulación”. En cualquier caso, como afirma el vicepresidente del CGPJ, Fernando de Rosa, “todos debemos rechazar la violencia vial y exigir tolerancia cero hacia esta lacra del siglo XXI”.