Una reciente resolución dictada por el Ministro del Interior ha estimado la reclamación promovida por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de sus socios, al que Tráfico le fue descontando indebidamente puntos hasta dejar su saldo a cero, y ha ordenado que se le indemnice con DOS MIL EUROS por “los gastos que realizó, las molestias que sufrió, la zozobra propia de la situación y las gestiones que hubo de llevar a cabo para recuperar su licencia de conducir” .
Tráfico no verificó que el conductor tenía permiso válido para conducir en España
El caso, ahora resuelto satisfactoriamente para el socio de AEA, se originó porque a pesar de manifestar reiteradamente que tenía permiso de conducir expedido en el Reino Unido, la policía le sancionaba reiteradamente con multas de 450 euros y la detracción de 4 puntos por “conducir un turismo sin licencia que le habilitara para ello” y Tráfico en lugar de hacer alguna gestión para verificar que el conductor disponía de un carnet válido para conducir en España se limitó a descontarle los puntos, declarándole al final la pérdida de vigencia de su permiso por agotamiento de su saldo de puntos en dos ocasiones.
Asesoramiento especializado
AEA ha manifestado su sa isfacción por este nuevo éxito jurídico obtenido en defensa de los legítimos derechos de los automovilistas, pero ha advertido que “resoluciones como la que ha dictado el Ministro del Interior al reconocer esta importante indemnización a favor de uno de sus socios lo que ponen de manifiesto es la necesidad de los automovilistas de obtener un buen asesoramiento especializado por parte de expertos en derecho de la circulación y no de meros tramitadores de multas”.
En ese sentido, AEA recuerda que ya en reiteradas ocasiones ha tenido que acudir a los tribunales en defensa de los automovilistas, incluso llegando hasta el Tribunal Supremo, para corregir las importantes disfunciones que aún sigue teniendo la aplicación del permiso por puntos en España.
“Y ello puede suponer no sólo el pago de una multa injusta -concluye AEA- sino la pérdida de un puesto de trabajo por no defenderse a tiempo de una detracción indebida de puntos”.