AEA considera infundadas algunas de las críticas del Consejo de Estado

A través de los medios de comunicación hemos conocido la opinión, no muy favorable, del Consejo de Estado sobre determinados aspectos que el Gobierno quiere cambiar del actual Reglamento General de Circulación. Entre los puntos más polémicos destacan la crítica sobre determinados cambios en los actuales límites de velocidad, así como la redacción dada al art. 48.5, que limita la velocidad de los peatones en determinadas circunstancias y la obligación de someter a éstos a controles de alcohol y drogas cuando cometan alguna infracción.

En Automovilistas Europeos Asociados (AEA) coincidimos con el máximo órgano consultivo del Gobierno en que el texto propuesto adolece de “notables imprecisiones” respecto de los límites de velocidad y por ello nos hemos manifestado contrarios a los cambios propuestos para las carreteras convencionales porque ni son viables, ni son creíbles, ni se utilizan en ningún país de la UE, y lo único que van a generar es confusión entre los usuarios.

Sin embargo, no compartimos la crítica realizada al texto del precepto que establece que “los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano” porque esa situación -es decir, la de correr arrastrando un remolque de mano, una bici o una moto- ya está prohibida en España, con el mismo tenor literal, desde 1992.

Y respecto de las pruebas de alcoholemia o drogas a peatones, el Consejo de Estado debería dirigir sus objeciones no al Gobierno, sino al Parlamento, porque fue éste quién el pasado año modificó la Ley de Tráfico y Seguridad Vial e introdujo la obligación de someterse a dichas pruebas a los peatones que hubieran cometido cualquier infracción a las normas de circulación.

Autor: AEA
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