Hasta el pasado mes de octubre, 99 personas han sido multadas en Madrid por pedalear bajo los efectos del alcohol. En total, la policia municipal realizó 327 pruebas de alcoholemia a ciclistas. Son datos preocupantes si tenemos en cuenta que el año pasado se hicieron 44 pruebas, en las cuales sólo cinco personas dieron positivo. Pero ¿están obligados los ciclistas a someterse a la prueba de alcoholemia?.
La tasa máxima de alcoholemia, de los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas que están obligados, como otros conductores, a someterse al preceptivo test de alcoholemia. En caso de dar positivo, la
cuantía económica a pagar por los ciclistas será de 500 euros, excepto para aquellos que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
Para estas excepciones, la sanción será de 1.000 euros. Sin pérdida de puntos
No obstante, a los ciclistas no les afecta la pérdida de puntos ya que según la Ley de Seguridad Vial establece que esta “únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos
se produce con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija autorización administrativa para conducir”. Y hasta la fecha, la conducción de bicicletas no exige ninguna autorización.