Sentencia reduce en un 75% una multa de velocidad puesta a un socio de AEA

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de San Sebastián ha estimado el recurso dirigido por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de nuestros socios, y ha anulado la sanción de 300€ y la detracción de 2 puntos impuesta por el Departamento de Tráfico del Gobierno Vasco en Guipúzcoa, por circular en la AP-8, a la altura de Rentería, a 154 km/h. teniendo limitada la velocidad a 120 km/h., reduciéndola a tan sólo 100€.

La sentencia rechaza el argumento utilizado por la representación procesal del Gobierno Vasco de que en la medición efectuada por el radar ya viene descontado el margen de error legalmente establecido ya que tal y como se recoge en su fundamento de derecho primero “dicha alegación no va acompañada de prue-
ba alguna, ni resulta tampoco del expediente, por lo que no podemos tenerla por acreditada”.

Por el contrario, la resolución judicial recoge íntegramente la amplísima jurisprudencia alegada por los servicios jurídicos de AEA y aplicándola al caso concreto, al tratarse de un radar móvil, reduce la velocidad de 154 km/h. que figuraba en la fotografía a una velocidad legal de circulación de 147 km/h.,  por aplicación del margen de error legalmente establecido.

En consecuencia, la sentencia declara que “la sanción procedente es la de multa de 100 euros, sin detracción de puntos”.

TRÁFICO TIENE QUE APLICAR LOS MISMOS CRITERIOS SANCIONADORES QUE LOS TRIBUNALES

La sentencia recuerda a la representación procesal del Gobierno Vasco que los principios del Derecho Penal son enteramente trasladables al ámbito administrativo sancionador y que la Circular 10/2011, de 17 de noviembre de la Fiscalía General del Estado, sobre criterios para la unidad de actuación especializada del Ministerio Fiscal en materia de seguridad vial, establece que los márgenes de error deben aplicarse sobre la medida obtenida por el radar utilizado.

250.000 MULTAS POR ENCIMA DE LA LEY

AEA calcula que en los cinco últimos años los servicios territoriales de tráfico del Gobierno Vasco
han podido formular 250.000 denuncias por excesos de velocidad con importes y detracción de pun-
tos superiores a los que marca la ley. Por ello, vamos a solicitar al Gobierno Vasco la correcta aplicación
de sanciones y pérdida de puntos en todos los expedientes sancionadores incoados por infracciones de
velocidad en los que no se hayan tenido en cuenta los márgenes de error legalmente establecidos.

Autor: AEA
Automovilistas Europeos Asociados (AEA) es una asociación de automovilistas sin ánimo de lucro e independiente. Facilita a sus miembros la adecuada protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la información y asesoramiento precisos sobre cuantos asuntos se relacionan con el automóvil. No reciben subvención alguna de la Administración ni de ninguna otra entidad, con el fin de proteger los intereses de nuestros miembros con absoluta independencia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.