La condena por conducir bajo los efectos del alcohol es compatible con la de negarse a someterse a la prueba de alcoholemia
El Tribunal Supremo ha establecido que es compatible la condena simultánea por delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y por delito de negativa a someterse a la prueba de alcoholemia a requerimiento de agente de la autoridad, al considerar que no vulnera el principio de proporcionalidad ni el principio “non bis in ídem” , que impide castigar dos veces a una persona por un mismo hecho.
Comentarios recientes