La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la sentencia que condenó a seis meses de prisión a un hombre por desobedecer a un agente de la policía mientras se le sometía a una prueba de alcoholemia, al no soplar el tiempo suficiente para obtener un resultado pese a ser advertido en varias ocasiones de las consecuencias que podía
depararle su comportamiento.
El procesado recurrió la sentencia del juzgado de lo Penal nº 3 de Castellón al considerar que no se aplicó el principio de
“in dubio pro reo”, que determina que en caso de que haya dudas sobre la prueba de cargo se dicte la sentencia más favorable al acusado.
Además, en su recurso de apelación señaló que los funcionarios policiales “no recordaban nada del atestado, limitándose a decir, que el acusado no sopló porque no quería o porque no podía”.
Sin embargo, la Audiencia alega que una testigo escuchó a los agentes decir que el acusado “en lugar de soplar tiraba
saliva, impidiendo con ello el resultado del etilómetro” y agrega que el delito no sólo se comete con la negativa a
someterse a la prueba, “sino también haciendo caso omiso a las instrucciones de los agentes en cuanto al modo en que debe efectuarse dicha prueba”.