Hace unos meses, me quejaba en numerosos foros que, independientemente de las velocidades genéricas como los malditos 120Km/h pudiesen existir limitaciones que insultaran a la inteligencia del conductor, porque ¿no os habéis encontrado alguna vez una absurda limitación de 50 en un polígono industrial de 2 barracas de feria en una vía de 2 carriles y sin tráfico ninguno? O esa limitación de 20 en una zona donde tranquilamente se puede ir a 50… O esas ABSURDAS limitaciones de 80 en las carreteras de doble dirección simplemente por el echo que hay un camino de cabras que se incorpora a la misma, una limitación de 40Km/h 300m antes de llegar a una glorieta (y 300 metros que se te hacen eternos si la respetas), y miles de ejemplos como este que se pueden poner.
Viendo que cada vez es menos creíble el timo de la velocidad por parte de la DGT y que muchas de las policías autonómicas se dedican a financiarse gracias a las multas, cada vez hay mas quejas por parte de los conductores en estas velocidades absurdas, porque NO CUELA que por ir a 40 en vez de a 20 vayas a ser un asesino en potencia o por limitar la entrada a los túneles a 80 (a veces unos macro túneles de 20metros) se eviten accidentes… por ello la DGT, en su habilidad con los conejos y las chisteras, y ante la nueva ley de igualdad, si, de igualdad entre el conductor y el asesino, pues se ha querido lavar las manos de este tema, ¿y como lo ha hecho? Pues delegando cual Pilatos la responsabilidad a… un ente espectral llamado “titulares de las vías”.
A continuación os transcribo una nota de prensa de la DGT en donde se ve esto:
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Tráfico pide a los titulares de las vías la revisión de los límites de velocidad en los puntos controlados por radares fijos. Se pretende una mayor seguridad jurídica de los conductores ante los delitos por exceso de velocidad. La revisión se realizará en los tramos señalizados con una limitación menor a la que corresponde a cada tipo de carretera.
20 de agosto de 2007.- La Dirección General de Tráfico está impulsando la revisión de los limites de velocidad en los puntos donde hay instalados o se van a instalar radares fijos, con el fin de lograr una mayor seguridad jurídica de los conductores ante la próxima incorporación del delito por exceso de velocidad en el código penal. Por ello se ha dirigido a los titulares de las vías, que son los competentes para establecer los límites específicos, para que realicen una revisión de la señalización existente en dichos tramos.
Este otoño está prevista la aprobación por el Congreso de los Diputados de la modificación del Código Penal, en lo referido a los delitos relacionados con la seguridad vial.
Entre las modificaciones propuestas está la recogida en el artículo 379, por la que exceder en 80 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida reglamentariamente en vías interurbanas, pasa a tener la consideración de delito con pena de prisión de tres a seis meses y la privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años.
El proyecto de modificación del Código Penal en su Disposición Adicional Única dice: ““El Gobierno impulsará, de acuerdo con las administraciones competentes, una revisión de la señalización vial para adecuar los límites de velocidad a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial”.
Para dar cumplimiento a la referida Disposición Adicional con la antelación suficiente, la Dirección General de Tráfico se ha dirigido a todos los titulares de carreteras, donde tiene instalados o está prevista la instalación de radares fijos solicitando la revisión del limite específico de velocidad en el punto de control para asegurarnos de su corrección atendiendo a los parámetros técnicos internacionales y a las características del tramo de referencia para una mayor seguridad jurídica de los ciudadanos y de la administración en la próxima aplicación del Código Penal.
Se adjunta una de las cartas remitidas a diecisiete titulares de las vías, en su condición de administración responsable de la señalización del límite de velocidad.
Los puntos de control de velocidad por radares fijos sometidos a revisión son 205, todos los existentes exceptuados aquellos cuyo límite es el máximo permitido por el tipo de carretera.
La revisión solicitada a los titulares de las vías solo se refiere a la señalización específica, es decir de una limitación menor de la que corresponde a cada tipo de carretera. Como por ejemplo, un tramo con limitación especifica a 100 km/h en una autovía, cuando el límite genérico correspondiente a este tipo de vía es de 120 km/h.
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Pero claro, leyéndolo vemos que SOLO VAN A REVISAR EN DONDE LOS RADARES FIJOS, es decir ¿y el resto de las vías? ¿Qué las den? Aquí se vuelve a demostrar que lo único que le preocupa al Sr.Navarro es el dinero, el dinero y el dinero, porque no quiere revisar los límites absurdos de los miles y miles de kilómetros de carreteras españolas, no, el Sr.Navarro lo que quiere es “justificarse” lo justo que es su radar fijo, y lo demás le trae al fresco, porque él si que es un fresco.
Entonces lloremos, porque seguirán las carreteras llenas de señales estúpidas con limitaciones estúpidas (y siento repetirme como un plato de lentejas, pero cada vez que bajo el puerto de Somosierra a 80Km/h me da el sarampión para quien no lo conozca es una autovía de 2 carriles, con curvas amplias y visibilidad excelente) ya que ¿Quiénes son esos titulares? ¿Fomento? ¿Los ayuntamientos? ¿Las autonomías? Pues estamos apañados, porque son mas de lo mismo… el mismo perro con distinto collar.
En resumen, a la DGT solo le preocupan los radares porque que tendrá que ver…
Se pretende una mayor seguridad jurídica de los conductores ante los delitos por exceso de velocidad
…con esta revisión, porque de seguridad jurídica me río yo, unas leyes que se basan en la presunción DE CULPABILIDAD y TE OBLIGAN A COMETER PERJURIO… si, porque si te saca una foto un radar fijo, ya eres culpable, aunque se han demostrado casos, indicados en este foro, donde el radar ha funcionado mal (autobuses urbanos a 230Km/h, un mondeo con una caravana a 200Km/h) que incluso les llegó la multa, pero claro… nos reímos todos cuando le sacan una foto al autobús a una velocidad Fernando Alonso pero… ¿Qué pasaría si sacan la foto a una persona con un coche potente que si que puede coger esa velocidad? Pues que es culpable, y ya está… presunción de CULPABILIDAD… y no le quita la multa ni San Apapucio bajado de los cielos.
Y de perjurio, porque como te mandan la multa 1 o 2 meses después de que te saquen la foto, pues ciertamente no tienes ni idea si has sido tú, tu mujer o el primo de zumosol que se llevó el coche ese día… pero te obligan a MENTIR, a decir un nombre porque sino te PRESUPONEN CULPABLE y le meten un multazo al dueño del coche, así que se acaba cometiendo perjurio y diciendo el nombre de quien mas convenga.
Así seguimos, sacando dinerito que es lo que verdaderamente importa, y lo demás tonterías
Haciendo de abogado del diablo, pero sin que sirva de precedente… EN la M45 en Madrid, han subido el límite de velocidad de 100Km/h a 120Km/h… espero que cunda el ejemplo.
pues los limites en obra tampoco se keda cortos…
la señalizacion en este pais es estupida…:S
pero tranquilo que cuando haya una señal de esas sera el habitad natural de un radar movil 😉
os propongo un experimento …
porke no circulais un dia a la velocidad legal…
pero no me refiero al limite de la la velocidad legal..
me refiero a ir por una autopista a 80 cuando este limitada a 120
en ciudad a 30..
en carretera inter urbana limitada a 80 a 60
siempre teniendo en cuenta ke la velocidad de las señales es la MAXIMA y ke hay una minima y ke debeis ir entre esas dos velocidades no siempre al maximo…
si os interesa la idea pasaros por http://www.lazogris.es 😉
¿Conocéis el Higuerón (A-383)? Es una autovía de trayecto corto (unos 6 km) para acceder a La Línea de la Concepción (Cádiz) y Gibraltar desde la A-7. La utilizo todos los días.
Por la definición del puerto de Somosierra del que habla Perico, es muy similar, NUEVA construcción (año 2007), dos carriles para la bajada y tres para la subida, curvas muy amplias asequiblea a 90-100 y zonas de pendiente máxima del 6-8%.
¿Y qué se le ocurre a la Junta de Andalucía? Limitarla a «70», sí habéis leído bien «70», y no sólo una señal, sino varias recordándolo durante todo el trayecto. Claro que no lo cumple ni el tato, sólo los camiones van a 70.
Viendo que nadie respeta el límite, de vez en cuando hay un coche radar móvil por las mañanas en la bajada (por suerte su horario no coincide conmigo). Eso es lo que llamamos un límite recaudatorio.
Y en cuanto a subir los límites… ya es hora de que pongan señales de 120 en la A-7 entre Guadiaro y Algeciras. Porque nadie cumple los 100 que hay ahora excepto en el radar fijo a la altura de San Roque. Todo el mundo va a 120-130, incluso a más en algunas rectas cuesta abajo.
Poco tardarán en llegar, en Málaga ya están cambiando esas viejas señales de 100 por las de 120.