Los jueces obligan a una aseguradora a indemnizar por robo aunque el dueño dejó las llaves puestas

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a una aseguradora a indemnizar al dueño de un vehículo que fue sustraído en diciembre de 2006 en una zona cercana al municipio de Lorca. Según el juez, aunque el dueño se había dejado las llaves puestas, la negligencia no fue «grave».

En 2009 un juzgado de Lorca había absuelto a la compañía de seguros al considerar que el propietario fue el causante de la sustracción por su negligencia de dejar las llaves puestas. Pero ahora el tribunal ha anulado esa resolución.

La narración de los hechos

Según escribe en su sentencia la Audiencia, consta acreditado que el conductor del turismo, junto con otros amigos, se encontraban en el interior de un bar ubicado en la pedanía de La Tercia, y que hacia las cinco de la mañana, salieron a la calle al cerrar el dueño su establecimiento. En ese momento, el conductor abrió el coche, colocó las llaves de contacto y aguardó la llegada de sus amigos, que se retrasaban en el interior del bar, por lo que bajó momentáneamente a fin de requerirles y apremiarles al respecto. Mientras tanto, la puerta de conductor quedó abierta y con las llaves puestas, lo que fue aprovechado por dos personas para penetrar de forma súbita en el turismo y huir de inmediato.

No es lo que dice la póliza

La aseguradora fue condenada a pagar una indemnización de 17.000 euros, que fue el precio en el que se tasó el coche robado, y la Audiencia asegura que «no se puede concluir que el conductor haya incurrido en la negligencia grave que exige la ley de Contrato de Seguro».

«Es cierto -continúa la sentencia- que dejó el coche abierto y con las llaves puestas, pero también es cierto que ello no determinaría sin más la existencia de esa negligencia o culpa de rango superior que la norma prevé».

Jueces comprensivos

Concluyen los jueces que debe observarse «que ese hecho es momentáneo y responde a un dato puntual, consistente en insistir en que sus amigos subieran al vehículo; que no se aleja del lugar de estacionamiento, ni accede al interior del bar ni deambula por los alrededores tratando de localizarlos». Es decir, que por si acaso no damos con jueces tan comprensivos, será mejor que jamás dejemos las llaves puestas mientras nos alejamos del vehículo, porque las pólizas especifican que eso no es responsabilidad de la aseguradora.

Fuente: El Mejor Seguro de Coche

Autor: Otros
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2 ideas en “Los jueces obligan a una aseguradora a indemnizar por robo aunque el dueño dejó las llaves puestas

  1. Para mi esta sentencia es cojonuda ya que se saca a relucir uno de los caracteres del contrato de seguro, la «uberrima bona fide», es decir que el asegurado ha de actuar de buena fé, y disminuir el riesgo del evento dañoso. Yo creo que los indicios no atestiguan la mala fé, lo único que a la hora de recibir la indemnización debería de ser minorada en un %

    Lo que es de verguenza es que los periodistas lo tilden de robo…. cuando…. es un hurto…. hurto de uso de vehículos de motor.

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