El Juzgado de lo Penal nº3 de Valladolid ha absuelto a un automovilista de un delito de quebrantamiente de condena al estimar que cuando en el año 2008 colisionó contra un camión, pese a que en ese momento no podía conducir ya que tenía el carnet retirado, no era consciente de sus actos ya que padece un trastorno bipolar que anula por completo sus capacidades cognitivas y volitivas.
A cambio, y como medida de seguridad, el infractor aceptó someterse durante dos años a tratamiento externo en un centro médico o establecimiento sociosanitario adecuado a su enfermedad.
Los hechos ahora juzgados ocurrieron el 8 de agosto de 2008, cuando el conductor condujo un turismo en zig zag por
la autovía A-62 y colisionó contra un camión a la altura de San Miguel del Pino (Valladolid), sin que hubiera que lamentar desgracias personales pero sí importantes daños materiales.
El automovilista, que fue imputado por un delito de quebrantamiento de condena, tenía por entonces retirado el permiso en virtud de una sentencia del Juzgado de lo Penal nº2 de Las Palmas de Gran Canaria, de septiembre de 2007, que le condenó a la retirada del carnet durante un año, tras haber dado positivo en un control de alcoholemia
que se le practicó en dicha localidad.