La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado una sentencia del Juzgado de Instrucción nº3 de la misma localidad que absolvió a una conductora que atropelló a un menor que cruzó con el semáforo en rojo y sufrió varias lesiones, al considerar que no se había acreditado que la acción fuera debida a la conducta negligente de la mujer.
Así, la sala desestima un recurso de apelación interpuesto por la madre del menor contra la sentencia, en el que se argumentaba que el cruce del niño no fue repentino y que tuvo lugar por una zona donde existía campo visual suficiente y abundante tráfico de vehículos y peatones, lo que era conocido por la conductora.
Sin embargo, la Audiencia ha desestimado el recurso al señalar que no es posible que la sala pueda valorar, en este caso, la culpabilidad de la denunciada sin haberla oído y sin recibir con inmediación su testimonio o el del resto de testigos, pues significaría una vulneración del derecho fundamental al proceso con todas las garantías.
Por ello, según la sentencia no es posible que la Audiencia llegue a una conclusión distinta a la del juez que determinó que no había quedado demostrado que la colisión se produjera por una imprudencia de la denunciada y que el menor vulneró las más elementales normas de cuidado al cruzar un paso de peatones regulado por semáforos con la luz roja.