Notificaciones de sanciones

Gentileza de Andres36 de Forocoches tenemos una guia esquemática sobre las notificaciones de sanciones y lo que hay que tener claro a la hora de entender y recibir las mismas.

1.- La multa debe venir por correo certificado, para que se considere notificada.

2.- Si no la recoges, la publicarán en el Testra y suelen mandar una carta no certificada para informarte de la fecha de publicación, aunque no tienen obligación de hacerlo.

3.- El plazo de 20 días para pagar con descuento empieza a contar desde el día en que recoges el certificado o se publica en Testra.

4.- Como leer el Testra a diario es poco divertido (es mas divertido el marca o es as), lo mejor es que notifiques tus datos a una empresa quitamultas y ellos te informarán por correo electrónico.

5.- Una carta no certificada, en ningún caso se considera notificación. Es la Ley de procedimiento administrativo y régimen común de las administraciones públicas la que define de forma imperativa como han de hacerse la notificaciones.

6.- Si el sentido de marcha indicado en la denuncia es incorrecto, puedes recurrir y deben emitir otra notificación con los datos correctos. Tienen tres meses para notificarte la sanción en términos correctos a contar desde la fecha de la infracción, aunque pueden ser seis meses si la infracción es muy grave y mantienes el derecho al descuento si pagas en lols 20 días siguientes a la notificación. En cualquier caso los excesos de velocidad son como mínimo graves, aunque no impliquen retirada de puntos.

Autor: Otros
Noticias variadas de fuentes diversas, relacionadas con tráfico o seguridad vial, se cita enlace a noticia original.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *