Multas de 100 euros por infracciones de tráfico desconocidas

Hablar acaloradamente con el acompañante, sacar el brazo por la ventanilla, gesticular contra otros conductores o comer mientras se conduce, son infracciones leves que pueden ser sancionadas con multas de hasta 100 euros.

La nueva ley de Tráfico no precisa lo que se entiende por infracción leve. En el Capítulo dedicado a las infracciones y sanciones se limita a decir que «son infracciones leves las cometidas contra las normas contenidas en esta Ley y en los Reglamentos que la desarrollen que no se califiquen expresamente como graves o muy graves en los apartados siguientes» para luego especificar como falta leve » no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley».

Más infracciones leves desconocidas por el común de los conductores son; usar el claxon de forma inadecuada, llevar la música demasiado alta, no llevar el alumbrado reglamentario (especialmente para el caso de los ciclistas), no indicar el cambio de domicilio a la DGT, retrovisores deteriorados y un largo etcétera de sanciones, que presentan una clara falta de definición.

Sin embargo, la ambigüedad no parece que haya servido para incrementar la recaudación de la Dirección General de Tráfico en concepto de multas. El ingreso por dicho concepto se redujo un 12% en 2012. Aunque según la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC), dicha reducción se debe a la huelga de «bolis caídos» que iniciaron hace un par de años y que la DGT contrarrestó con la implantación del sistema de bonificación por productividad RAI.

La AUGC ponen como ejemplo que auxiliar a un ciudadano que se ha quedado con una rueda pinchada en plena noche en un arcén de la autopista ocupa más tiempo y riesgo que denunciar un exceso de velocidad, pero a pesar de ello, «les cuenta ocho veces menos».

Fuente: Asociación Mutua Motera

Autor: Otros
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