La Dirección General de Tráfico empezará a enviar en los próximos días, cinco millones de cartas a los titulares que tengan un vehículo (turismo, todoterrenos y motocicletas) de entre 7 y 10 años de antigüedad para darles a conocer las características técnicas y la situación administrativa del vehículo del que constan como titulares, con la posibilidad de actualizarlos si no son correctos. Además se informará, con carácter general sobre la eficacia de los elementos de seguridad que equipan los vehículos.
Este envío forma parte de la segunda remesa de cartas remitidas a titulares de vehículos, después de que en noviembre del año pasado la DGT enviara una carta similar a los propietarios de vehículos de más de 10 años de antigüedad. Aquellas misivas revelaron situaciones administrativas irregulares, como coches abandonados sin ser dados de baja en Tráfico o coches vendidos que continuaban estando a nombre del primer propietario, circunstancias todas ellas que han supuesto la baja de más de 400.000 vehículos y el incremento en un 10% de las solicitudes de baja a través de los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos
¿QUÉ HACER SI SE RECIBE LA CARTA?
Si un ciudadano recibe la carta y los datos que en ella aparecen son correctos, no tiene que hacer nada. En cambio, si alguno de los datos que constan en el informe es erróneo o no está actualizado deberá dirigirse a cualquiera de las Jefaturas Provinciales de Tráfico, previa cita, para hacer las rectificaciones oportunas.
En el caso de que el ciudadano ya no sea propietario del vehículo porque lo hubiera vendido, podrá formalizar el cambio de titularidad del vehículo en las más de 8.000 oficinas de Correos que hay en España.
Para ello, el ciudadano deberá presentar:
– La solicitud de notificación de cambio de titularidad que puede descargarse en la página de la DGT, en www.dgt.es
– El contrato o factura de la venta del vehículo.
– Copia del informe de su vehículo que ha recibido con la carta.
– Copia del DNI del titular
– Y la copia de abono de la tasa (8,20 €) de notificación de venta, que puede ser pagada por internet o en las entidades colaboradoras a través del modelo
Una vez comprobado por parte del empleado de correos que todo es correcto, se le entrega al ciudadano un justificante de la presentación de notificación y correos envía a la DGT la documentación aportada para su posterior tramitación.
Tener la documentación del vehículo y del conductor al día, además de ser una obligación, contribuye a tener seguridad jurídica, ya que en ocasiones puede evitar situaciones comprometidas, como la notificación de infracciones cometidas por otros, el pago de impuestos, o incluso ser imputado por un delito contra la seguridad vial, al seguir figurando la persona como titular de un vehículo que fue vendido hace años.
Por último, si el vehículo ya no existe, su titular podrá darlo de baja acudiendo a la Jefatura de Tráfico de su provincia, habiendo solicitado cita previa.
LA AYUDA TECNOLÓGICA
La tecnología incorporada al vehículo contribuye a reducir el riesgo de fallecer o de resultar herido grave en accidente de tráfico. Por este motivo, en los próximos meses, la DGT incluirá en los informes de los vehículos información acerca de los elementos de seguridad de los que dispone. El objetivo es tener una completa radiografía de los automóviles que circulan por las carreteras. En la carta se adelanta el listado de elementos de seguridad mínimos recomendados.
Además, y con la idea de que el ciudadano conozca cuales son los sistemas de seguridad más efectivos que existen en el mercado, en el reverso del informe enviado se han clasificado estos sistemas de seguridad en función de si intervienen, antes, durante o después del accidente y ayudar a concienciar a la población de la importancia de circular con vehículos equipados con estos sistemas de modo que se realice una movilidad más segura y sostenible.