El ayuntamiento de Barcelona, siguiendo lo acordado con el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y la Generalitat de Cataluña pone en marcha a partir del 1 de diciembre el protocolo de episodios de contaminación atmosférica. Este protocolo incluye la entrada en funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en las Rondas de Barcelona y que supondrán restricciones a la circulación en esta zona para los vehículos más contaminantes.
Las restricciones se aplicarán de manera temporal hasta 2020 (solo cuando la Generalitat declare el episodio de contaminación). A partir del 2020 estas restricciones serán permanentes. Previamente a la declaración de este episodio, en la fase de preaviso, ya se iniciarán las primeras medidas para informar a la población.
Zonas de Bajas Emisiones
La ZBE es un área de 92 km2 que incluye todo el municipio de Barcelona (excepto Zona Franca-Polígono industrial y barrio de Vallvidrera, el Tibidabo y Llanuras), así como diversos ámbitos de los municipios vecinos colindantes con las Rondas.
A partir del 1 de diciembre, en situación de episodio de contaminación ambiental, los turismos que no dispongan del distintivo ambiental que distribuye la DGT (Zero, Eco, C y B), no podrán circular en esta zona de bajas emisiones. Concretamente, los vehículos afectados por esta restricción serán los turismos que corresponden a los coches de gasolina anteriores al 2000 (anteriores a Euro3) y diésel anteriores a 2006 (anteriores a Euro4). Las furgonetas afectadas son las matriculadas antes del 1 de octubre de 1994 (pre-Euro1). Este año quedan exentos los siguientes vehículos que a pesar de no disponer de etiqueta podrán circular: motos, camiones, autobuses (urbanos y de largo recorrido) y furgonetas Euro 1, Euro 2 y Euro 3.
Los vehículos de emergencias, vehículos de personas con movilidad reducida y servicios esenciales podrán circular siempre, independientemente de su etiqueta ambiental.
Las restricciones de tráfico se establecen de lunes a viernes entre las 7:00 y las 20:00 horas desde el día siguiente de la decaración hasta el día de declaración de final de episodio. Por lo tanto, mientras dure el episodio, los vehículos mencionados solo podrán circular en la franja horaria comprendida entre las 20:00 y las 6:59 horas de los días laborables y todos los fines de semana y festivos.