La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha ratificado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº2 de los Llanos de Aridane que condenaba a Toyota Canarias (representante del fabricante Toyota en la isla) y un concesionario de la marca a pagar a un socio de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) 1592,13 euros por los defectos sufridos en su vehículo durante el período de garantía.
El automóvil presentaba un problema de oxidación en los asientos delanteros que causó deterioros en el tapizado. En un principio, Toyota Canarias se había negado a atender la reclamación del automovilista argumentando que éste no había efectuado ninguna reclamación durante los tres años de la garantía del vehículo y que para que el comprador tuviera derecho a la misma debía haber llevado el vehículo a los talleres oficiales de la marca
Sin embargo, la Audiencia considera que los defectos de oxidación sufridos por el vehículo si estaban cubiertos por la garantía comercial ya que de acuerdo con la antigua Ley de Consumidores y Usuarios están cubiertos los defectos que aparezcan dentro del plazo de la misma.
Además, según la sentencia, la negativa de Toyota a hacerse cargo de la reparación del defecto del automóvil por haberse denunciado, según ellos, fuera del plazo de la garantía eximía al comprador de llevar el vehículo al taller oficial, pudiendo repararlo por su cuenta y exigir después el pago del coste de la reparación, que estaba garantizada.
Tal y como está el mercado del automóvil, como para que las marcas se pongan muy tontas con estas cosas.
Bien por una vez para los jueces, lástima que el pobre usuario haya tenido que pasar el calvario de la reclamación.
Lo que es normal es que para algo tan evidente como esto haya que acabar en el juzgado. Si a la par le metieran un multon impresionante al fabricante de turno ya verias como espabilaban todos los demas.