La Administración es responsable de los daños causados en los vehículos por la presencia de piedras en la calzada

El Ministerio de Fomento ha estimado una reclamación promovida por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) por la que tendrá que indemnizar a un automovilista con 328,35 euros por los daños sufridos en su vehículo debido a la existencia de gran cantidad de piedras en la carretera N-634en dirección a Salas (Asturias).

AEA argumentó en su reclamación que la causa de la colisión se debió a un mal funcionamiento de un servicio público
del que era titular la Administración y no a una conducta negligente del conductor. Los hechos ocurrieron el 17 de febrero de 2007 cuando el conductor circulaba de noche y lloviendo con su vehículo por la carretera N-634, descendiendo de la Espina en dirección a Salas, cuando después de pasar por el término conocido como el Llanón,
chocó con unas piedras que invadían la carretera, lo que produjo daños en el vehículo.

En la carretera donde se produjo el choque, que estaba en obras, no existía señalización que avisara a los usuarios de
la presencia de dichas piedras en la calzada. Según la resolución del Ministerio, “la Administración tiene el deber de mantener las carreteras abiertas a la circulación pública en condiciones tales que la seguridad de quienes las utilicen quede normalmente garantizada”.

Además, la resolución añade que “este deber de la Administración establece el nexo causal entre la actuación u omisión administrativa y las consecuencias dañosas de eventos puramente fortuitos que signifique quiebra de tales
condiciones mínimas de seguridad.”

Autor: AEA
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