Aseguradora condenada a pagar 50.000 € de intereses extra por condicionar el pago de una indemnización a que el perjudicado firmara la renuncia a sus derechos

Un reciente Auto dictado por la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la oposición formulada por la aseguradora Mapfre Familiar S.A. a la ejecución promovida por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de los derechos de una de nuestras asociadas, perjudicada en un accidente de tráfico, ordenando que se despache la ejecución por las
cantidades que le habían sido reconocidas por el Juzgado de Instrucción por sus lesiones y secuelas, esto es 59.790,36€.

Además la aseguradora ha sido condenada a abonar a nuestra Socia cerca de 50.000 euros de intereses moratorios por haber condicionado el pago de dicha indemnización a que la perjudicada
renunciara a sus derechos.

También se condena a Mapfre al pago de las costas.

El caso ahora resuelto favorablemente, se inició en 2007 cuando la conductora sufrió un accidente yendo como ocupante en un vehículo. Como consecuencia del mismo tuvo lesiones de las que tardó
en curar 455 días, quedándole secuelas en una pierna. Mapfre se hizo cargo de todos los gastos sanitarios y dentro de los tres meses de ocurrido el siniestro consignó judicialmente una cantidad a cuenta (15.000€) a favor de la perjudicada.

“No te pago si previamente no me firmas un finiquito y renuncias a reclamar cualquier otro derecho”

Sin embargo, la Aseguradora se opuso a pagar cantidad alguna a la perjudicada, si previamente no firmaba una renuncia a reclamar cualquier otro derecho, como eran los intereses moratorios previstos en el Art. 20 de la Ley del Contrato del Seguro, que le habían sido reclamados extrajudicialmente por los servicios jurídicos de AEA.

Al no llegar a una solución amistosa con Mapfre, no tuvimos más opción que promover las oportunas acciones judiciales en defensa de los derechos de la víctima.

La aseguradora consignó sin ánimo de pagar

Ahora la Audiencia ha reconocido integramente los argumentos de AEA y ha declarado que “procede la imposición de los intereses (…) pronunciamiento que no se ve afectado por la consignación que en su día llevó a cabo, pues como ya se ha reflejado antes, se termina oponiendo a la entrega a la lesionada de los 15.000 € (consignados inicialmente para indemnización de las lesiones y secuelas).

Y en cuanto a la consignación de 56.852,22€, se trata de una consignación con condiciones, pues exige la previa renuncia del perjudicado a cualquier otro derecho derivado de dicho titulo ejecutivo, como pueden ser los intereses especiales de la LCS, por lo que tampoco existe animus solvendi, o intención de pago liberatorio”.

Intereses millonarios

En total, Mapfre Familiar, S.A . tiene que hacer frente a una indemnización de 57.790,36
€ , más otros 44,699,27€ por intereses demora ya vencidos, más otros 3.659,30€ de intereses devengados hasta la fecha de la segunda consignación, más las costas judiciales.

Una cuantía de más de 110.000€, que podía haberse evitado si hubiese pagado cuando se le
reclamó y no le hubiera exigido a la perjudicada que renunciara previamente a sus derechos para cobrar la indemnización que legalmente le correspondía.

Autor: AEA
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