Según un estudio elaborado por Automovilistas Europeos Asociados (AEA), cerca de 50.000 personas tendrían que entrar cada año en las cárceles españolas, de aprobarse la reforma del Código Penal. Según AEA, en el año 2004 la DGT formuló 2.568.428 denuncias en las carreteras españolas (sin contar el País Vasco y Cataluña), de las cuales un 25% eran por excesos de velocidad; un 3% por alcoholemias y un 8% por infracciones relativas al permiso de conducir.
Del total de conductores que excedieron los límites de velocidad sólo el 1,2% superaba el limite de 80 km/h, lo que supondría el ingreso en prisión de 7.705 personas.
Respecto de los conductores que superaron en 1,2 gramos la tasa de alcohol, AEA estima que en esta situación se encontraban 19.263 personas.
En el tercer grupo de infractores se incardinan 23.021 conductores, que representan el 11,2% del total de denuncias referidas al la falta por caducidad temporal, de puntos, no obtención o revocación del permiso de conducir.
Sumando los tres grupos de infractores anteriores, nos encontraríamos con un total de 49.989 personas que cada año tendrían que entrar en prisión
En estos momentos las cárceles españolas albergan, a Noviembre del 2007 una población reclusa de unas 67.000 personas, con un índice de masificación del 43%, ya que el aforo total de los penales españoles es de 46850 plazas. En estos momentos hay un plan que según datos del SEIP (Sindicato Español de Instituciones penitenciarias) para la construcción de 11 penales y 18.000 plazas para el año 2014. Ya con este número y suponiendo que hasta la fecha no aumentase el número de presos (que va creciendo a un ritmo de unos 3000 presos mas por año) estarían las cárceles al límite de su capacidad o levemente masificadas, puesto que aún existe el compromiso de la Ley Penitenciaria de 1979 que dice que en la medida de lo posible habrá un preso por unidad de privación de libertad en virtud de no menoscabarles la intimidad.
Entonces, voy a lanzar unos cálculos del coste que nos puede suponer a los ciudadanos el hecho de que 50.000 conductores al año tengan que ir a eso que vulgarmente se llama “el trullo”.
Las condenas abarcan hasta los 5 años en función de la gravedad de las consecuencias del hecho punible. Vamos a extrapolar a que son 2 años en todos los casos, que respetamos la Ley Penitenciaria de 1979 y que las cárceles son como las casas del Monopoly, que si tienes el suelo y la tela la compras al instante.
Extrapolamos también que los condenados ganan bruta la renta per cápita del Estado (20.838 euros), que cotiza en función de eso y que está endeudado la mitad de su salario en la compra de la vivienda. Descontadas cotizaciones e IRPF (tipo 12%) tenemos que dejan unos 3876 euros de impuestoas al rendimiento del trabajo. Le quedan 16962 para lo demas, como la vivienda les endeuda un 50% de lo neto, su dinero para gastar asciende a 8481 Euros. Suponemos también que no pierde el trabajo tras la condena para tener las variables controladas. Estimamos el Salario mínimo Interprofesional en 600 euros.
Es decir, hablamos de unos cálculos un tanto optimistas, que se pueden ver bastante agravados en una aplicación real, calculada a la pela de estos casos. Acepto 50000 conductores como “muestra lo suficientemente importante para hacer los cálculos con llos valores medios”.
Con ello tenemos:
50.000 conductores al año x 2 años de condena son 100.000 plazas penitenciarias que hay que construir.
Un penal tiene unas 1200 plazas de media, con lo cual hay que construir 83 penales.
Como un penal cuesta unos 180 Millones de Euros en su construcción, tenemos que hay que poner, de salida, 14.940 Millones de Euros (unos 2,5 Billones de pesetas)
Cada penal tiene unos 200 empleados entre seguridad y servicios. Suponiendo que cobran el PIB per cápita del estado cada uno, tenemos que para una población de 100.000 reclusos hacen falta unos 16600 empleados. A 20.838 Euros son 346 Millones de Euros al año De ellos retornan en impuestos 3.876 euros de impuestos directos al año por cada persona. Suponiendo las mismas condiciones laborales y de endeudamiento que tenian los reclusos antes de ser encarcelados, tenemos que dejan al estado los impuestos inderectos (IVA) de la mitad del sueldo neto que les queda por gastar (1.357 Euros por carcelero) Así tenemos que 16600 carceleros x (3876 Euros de impuestos al rendimiento del trabajo + 0,5 x 0,16 x 16.962 Euros gastables) = 166000 x 5233 = 87 Millones de Euros. Así pues, el impacto del personal de las cárceles se estima en 346 – 87 = 259 Millones de Euros (42.000 Millones de pesertas) anuales.
100.000 reclusos que cobran el PIB per cápita tienen un impacto fiscal en la economía de 100.000 x (3876 Euros de impuestos directos al trabajo + 0,5 x 0.16 x 16962 de impuetos indirectos al consumo) = 523 Millones de euros (87.000 Millones de pesetas) aunales QUE SE DEJAN DE INGRESAR A LAS ARCAS DEL ESTADO.
En la cárcel se cotiza. Por ello aplicamos los ratios del SMI o Salario mínimo Interprofesional. Ese gasto se lo tiene que chupar el estado con el dinero de los contribuyentes. En ese “SMI” se incuye una pequeña partida de gastos para que el recluso haga sus compritas en el economato como tabaco, ropa, etc. Así pues, 100.000 reclusos x 600 Euros de SMI x 12 meses al año son 720 Millones de Euros. De ellos, como cotizan para la Seguridad social y se ven sometidos a IRPF (aplicamos el 2%) tenemos que 100.000 x 600 x 0.086 x 12 = 62 Millones de Euros que retornan. Además, de los 548,4 euros que quedan limpios al mes suponemos que los gastan completamente, con lo cual entran a las arcas mensualmente 87.74 euros por recluso en concepto de IVA al consumo. Así pues tenemos un retorno adicional de 100 Millones de euros. Así, por tanto, el coste “personal” de 100.000 reclusos se establece en 720 – 62 –100 = 558 Millones de Euros (93.000 Millones de pesetas) anuales.
La manutención de los presos (alimentación, limpieza, consumo y reposición de equipamientos de la prisión, etc) se estima en unos 8 euros/dia/preso.Tenemos así que 100.000 reclusos x 8 euros/dia x 365 días/año = 292 Millones de Euros (48.000 Millones de pesetas) anuales.
Así pues tenemos que:
La inversión inicial asciende a 14.940 Millones de Euros (2.5 Billones de pesetas)
El impacto anual en las arcas del estado, entre lo que sale y lo que deja de entrar asciende a 259 + 523 +558 + 292 = 1.632 Millones de Euros (unos 271.000 Millones de Pesetas) anuales,
Si estas cifras las “obligamos a pagar” a los 100.000 encausados tenemos que su condena les costaría 16320 Euros, sin contar una aportación “especial” para la construcción del penal.
Pero estas cifras las pagamos entre todos. Así pues, este Ley, a los 45 Millones de españoles les cuesta:
Cuota de entrada: 14940 Millones / 45 Millones = 332 Euros. Si prorrateamos a la población activa hablamos de unos 747 Euros por trabajador (Población activa estimada en 20 millones de personas)
Mantenimiento anual del sistema: 1632 Millones / 45 Millones = 36.3 Euros al año. Si lo repartimos entre los 24 millones de conductores tenemos que cada conductor tiene que poner de su bolsillo 68 euros al año adicionales para que se cumpla la ley de manera constitucional)
Es decir: que el papel aguanta todo. En base a este estudio me surgen las siguientes preguntas:
1- ¿Qué obligación tenemos que pagar los demás contribuyentes el impacto que generan 50.000 personas al año por un hecho puntual y no una conducta reiterada?
2- ¿En qué situación laboral y social (se ha hecho el supuesto optimista de que el ciudadano mantiene su puesto laboral como si fuera un funcionario en excedencia para aprender Euskera) queda el condenado como figura de “exconvicto”?
3- ¿Cómo demonios pretenden aplicar esa ley con garantías si no existen (ni pueden existir en 10 años) los medios necesarios en base al cálculo actual?
Yo, tengo mis serias dudas de la aplicabilidad de esta reforma del código penal. Al final, y ponderadas todas las variables, serán sólo los supuestos más exagerados (con resultado de muertes, lesiones y reiteración en la actitud) de la ley quienes pisen las cárceles, obviando los jueces las presiones de los lobbys antiaccidentes, medios de comunicación sensacionalistas y de los sucesivos directores generales de Tráfico y fiscales de Seguridad Vial.
Esta es simplemente una medida para «acojonar» al personal, nadie va a pisar una carcel por muy deprisa que vaya con su coche, eso sí, le harán ir a juicio, le tratarán como al peor de los delincuentes, saldrá en las noticias como si fuera un terrorista o un violador de niños (acordaos del bombo y platillo que se le dió al tema del Audi que iba a 260), le pondrán un multazo de ordago en vez de la carcel (mas dinero) y se acabó el tema.
Esto es como el tema de que te pueden meter en la carcel por tener «el emule» en marcha… efectivamente, con la ley en la mano podrían meter al 99% de los internautas en la carcel pero ¿lo hacen? pues no, es solo una medida para «acojonar» y de vez en cuando dar un palo al mas incauto…
Moraleja, al final, mas de lo mismo… dinerito para las arcas, lavado de cerebro y adoremos a nuestro maestro Sr.Navarro por los siglos de los siglos.
Por los siglos de los siglos no, simplemente hasta que venga otro «mejor».
El fin de este artículo no es otro que demostrar que nuestros legisladores no entienden de ninguna variable a la hora de hacer sus análisis cuando diseñan las leyes.
¿De qué sirve poner una ley tan leonina si cualquiera que tenga medio dedo de frente sabe qeu es IMPOSIBLE que la apliquen, como hemos demostrado con este artículo?
Así no les vamos a tomar en serio nunca…
A no ser que quieran haber dejado la puerta abierta a meter en la carcel a quien les de la gana y a otros perdonarles alegando cualquier chorrada.
Ya… por robar no te meten a la carcel y si por conducir, donde llegaremos!!
Hay que tener en cuenta cuál es el motivo real de cualquier estrategia de la DGT: recaudar más. Teniendo esto presente, ¿creéis que van a aprobar medidas que cuesten pasta en lugar de hacerla entrar en mayor cantidad y más fácilmente? Repetid todos conmigo: NOOOOOOO.
Los señores «menistros» ya se han apresurado a declarar que las penas de cárcel podrán ser sustituídas por servicios a la comunidad, es decir, que te darán a elegir entre pudrirte en el trullo y arriesgar tu ojete, o convertirte en esclavo. Y como nuestro ojete no tiene precio, pues a currar gratis, con lo cual puede que incluso saquen beneficio.
Pero la verdadera razón de esta tomadura de pelo en forma de Código Penal es la de mandar un buen número de expedientes por vía judicial. En la DGT, con tanta maquinita automática de poner multas, ya les faltan manos para contar billetes. No pueden con todos los expedientes, así que se los mandan directamente a los jueces y se quitan trabajo de encima.
Para colmo se aseguran de ganar. Mientras que antes una cifra de velocidad o de impregnación alcohólica no bastaba para condenar a alguien -y de hecho eran bastantes las personas que salían absueltas al demostrar que no habían creado ningún peligro real- ahora lo cambiamos y, en cuanto se supere cierto límite, será usted carne de presidio. Vamos que, como los jueces no les daban la razón, pues a prescindir de los jueces. Usted es culpable porque a mí me sale de los cojones. Ahora, pague y cállese.
Veremos lo que tardan en saturarse los juzgados.
Juzgados y presidios que ya de por sí están saturados…
…… Y MIENTRAS LOS JUZGADOS ESTAN SATURADOS POR ESTOS «ASESINOS DEL VOLANTE»… (en potencia claro, porque ir a 200 no has matado a nadie) PUES EN LA CALLE TENEMOS A LAS BANDAS COLOMBIANAS, BANDAS RUMANAS, ASESINOS A SUELDO, EXTORSIONADORES…. QUE CLARO, NO PUEDENE SER JUZGADOS, QUE ESTAMOS CON LOS VERDADERAMENTE PELIGROSOS, CON EL CIUDADANO MEDIO.
Yo añadiría otro detalle:
Si hay 5.000 muertos al año, y hay 50.000 conductores «criminales», ¿todos esos conductores son responsables de esas muertes? Porque hay 10 «criminales» por cada «muerto», parece el asesinato del orient express.