Un juez de Pamplona ha considerado que, pese a lo que establece la reforma del Código Penal aprobada en diciembre
de 2007, la negativa a someterse a una prueba de alcoholemia no es delito si el conductor no presenta previamente síntomas de embriaguez o no se ha visto implicado en un accidente de tráfico.
El magistrado absuelve de este delito a un conductor que se sometió a la prueba de alcoholemia “de forma conscientemente defectuosa para evitar la obtención de un resultado válido” porque los agentes de la Policía “no observaron en el acusado síntomas claros de influencia de bebidas alcohólicas” y porque, “desde luego, no se vio implicado en ningún accidente”.
Por ello, considera que en este caso no se dan las circunstancias para aplicar el artículo 383 del Código Penal que establece penas de seis meses a un año de prisión para quien se niegue a someterse a las pruebas de alcoholemia.
Según el juez, este precepto debe ser interpretado conforme a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en 1999 en una resolución en la que examinó el antiguo artículo 380 del Código Penal en relación con el número 21 del Reglamento General de Circulación.
Este último establece que los agentes de la autoridad podrán someter a las pruebas de alcoholemia a cualquier conductor implicado “como posible responsable en un accidente de circulación”, a quien conduzca con “síntomas evidentes” de embriaguez, a quien cometa una infracción de tráfico o a quien ordenen detenerse en un control preventivo.
Sin embargo, la negativa a someterse al test de alcoholemia de alguien que, como el acusado en este caso, no se encuentre en uno de los dos primeros supuestos “no rebasa los límites de la sanción administrativa”, según la sentencia, contra la que cabe recurso.
¿Cuando pueden hacerme la prueba?
El artículo 21 del Reglamento General de Circulación dispone que los agentes de la autoridad podrán someter a las
pruebas de alcoholemia en cuatro supuestos:
1. Cuando un conductor esté directamente implicado en un accidente de circulación.
2. Cuando se observen «síntomas evidentes» de que la conducción se hace bajo los efectos del alcohol u otra sustancia no permitida.
3. Cuando los conductores son denunciados por cometer alguna infracción de tráfico.
4. Cuando los conductores son requeridos por los agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia.
EL PESO DE LA LEY
Cárcel
En España, conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas esta considerado como un delito castigado por el actual Código Penal con prisión de 3 a 6 meses o multa de hasta 144.000 euros, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y la privación del carnet de un año y un día a cuatro años.
Antecedentes penales
A estas fuertes sanciones habría que añadir además, que al conductor condenado por el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas le quedan antecedentes penales, lo que conlleva una limitación en el desarrollo de su vida social o profesional durante al menos tres años desde el cumplimiento de la pena (tiempo que dura la
anotación de antecedentes en el Registro Central de Penados y Rebeldes).
Ningún conductor borracho “se va de rositas”
El hecho de que algunos Tribunales hayan dictado sentencias absolviendo a conductores ebrios, bien por falta de pruebas, o porque se ha considerado que en algún caso la ingestión de bebidas alcohólicas no influyó en la seguridad del tráfico, no significa que a dichos conductores no les vaya a pasar nada. En estos supuestos si el conductor absuelto conducía con una tasa de alcohol superior a la permitida, Tráfico les puede imponer una sanción de hasta 600 euros, y la suspensión de su permiso de conducir hasta tres meses.
¿Una pregunta como saber si el control esta dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia? ¿es necesario que tengan una señal especifica?
Pregúntaselo al GC. Además de conseguir que te fulmine con la mirada, seguro que encuentra la forma de demostrarte que, con él, los listillos lo llevan claro.
En serio, no tienes forma de comprobarlo, a no ser que los de verde quieran decírtelo. Y si no están dentro de la programación, ¿tú crees que te lo dirán? En Castellón fue práctica común hacer controles de alcoholemia ilegales durante años. no sólo fuera de la programación, sino que tampoco estaban señalizados en forma alguna. Llegabas a la altura del control y ¡zas!, te salía un picoleto de entre los matorrales, haciendo aspavientos con la baliza para que frenases (con el peligro que ello supone, ya os podéis imaginar). No es raro que se aprovechen de la ignorancia en materia de leyes que el ciudadano común tiene para usarla en su provecho. Y así siguieron durante años, hasta que un ciudadano que se lo podía permitir puso un contencioso-administrativo y el juzgado le dio la razón. Por supuesto con esto sólo se consiguió que anulasen la denuncia que se había recurrido y ninguna más de las que se pusieron ese día. Y, por supuesto, no se abrió ninguna investigación para llegar al fondo del asunto.
Ja ja, a eso se le llama tipical Spanish, aqui las leyes estan para que los gobernantes, jueces y policias se las salten para timar cuanto mas mejor a los ciudadanos.
No si ya he sido una victima de los asaltantes entre matorrales, solo que por no atropellarlo y dejar la distancia de seguridad me intentaron cascar 6 puntos por circular por el sentido contrario. De todas formas supongo que ocurrira como cuando les pides el numero de placa. Un dia que me paren antes de enseñar nada les pedire el numero de placa y hasta que me lo den nada.
Ponerse «a malas» con ellos sólo te servirá para causarte más problemas. Te lo digo por experiencia. En materia de tráfico vivimos en un estado claramente policial, donde tú debes cumplir con todas las leyes a rajatabla mientras los de la libretita disfrutan, cuando menos, de un limbo legal en el que flotar cual fantasmas. Intocables. ¿Exigir tus derechos? ¿Qué derechos?
Tócales las pelotas y te inmovilizarán el coche, te acusarán de ir completamente mamado y hasta puede que te lleves alguna hostia «porque te pusiste muy violento debido al alcohol». En serio, ni se te ocurra. Y mucho menos si has bebido aunque sea un poquito, que con eso ya les das cuerda, aunque no sea fundamental para joderte a placer.
Esta claro que la policia se ceba en el mas débil y en quien saben que no le van a causar problemas, o sea el ciudadano normalito que de repente se encuentra con el policia represor que me rio yo de los palos de los 60 con los grises.
Como en todo habra polis buenos y polis malos, pero me repugna que los jefes de estos policias (o sea el gobierno) se dedique a recordarnos continuamente la represión anterior cuando vemos como cargaron los «mohosos» contra los estudiantes hace poco, y a continuación ver como se la tocan «la charaina» mientras los «niños de la gasolina» arrasan con todo lo que se menea.
Me vuelvo a repetir, creo que los últimos años las libertades en este país pais para el ciudadano normal se han recortado, y las «presuntas» libertades (como tanto les gusta decir eso de presunto) del delicuente de verdad, se han aumentado indiscriminadamente.
Esto es un Estado fascista, totalitario y destructor del ciudadano inocente. república bananera.
A ver si tienen huevos de ponerse chulos con delincuentes de verdad!