AEA denuncia la arbitrariedad del carnet por puntos

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ha denunciado que la policía local y los agentes de movilidad de algunas ciudades como Madrid, Valencia o León no siempre retiran puntos del carné a los conductores que circulan sin cinturón de seguridad o hablando por el teléfono móvil, a pesar de que ambas infracciones son consideradas graves desde la entrada en vigor del carné por puntos el 1 de julio de 2006 y, por tanto, implican la pérdida de tres puntos.


Así, distintas multas emitidas en las tres ciudades contemplan sanciones de entre 120 y 150 euros por conducir sin cinturón o hablando por teléfono, pero no contemplan la pérdida de ningún punto para esas infracciones, tal como  dicta la ley. Las áreas de movilidad de los ayuntamientos son las encargadas de denunciar las infracciones que se cometan dentro de los cascos urbanos y comunicar a la DGT las sanciones impuestas para que Tráfico pueda restar los puntos correspondientes a los conductores que han cometido la infracción.

Según AEA, el hecho de que algunos policías locales o agentes de movilidad no estén restando puntos para  infracciones graves es una muestra de «la arbitrariedad» y falta de «seguridad jurídica» con la que se está aplicando el carné por puntos en ciertos municipios.

A esto hay que añadir que algunos municipios españoles, después de dos años de empezar a funcionar el carné por puntos, no están conectados a la DGT, con lo que las multas que se ponen en esas ciudades no implican la pérdida de
puntos.

Según un listado facilitado por la DGT al Tribunal Supremo, a raíz del recurso interpuesto por AEA contra el carné por puntos, sólo el 5,19% de los ayuntamientos estaba quitando puntos en junio de 2008.

Recurso AEA contra el carnet por puntos

AEA presentó hace más de dos años ante el Tribunal Supremos un recuro contra el carné por puntos al estimar que
éste incumple la normativa europea ya que la directiva comunitaria sobre permisos de conducir sólo establece cuatro requisitos para obtener el carné de conducir: una edad mínima, un examen teórico y otro práctico, y una prueba psicotécnica. Sin embargo, el carné por puntos español tiene un requisito más: no perder los puntos para poder conducir, y este aspecto contraviene la normativa europea.

Autor: AEA
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