El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº6 de Sevilla ha condenado en costas a la DGT, por anular la sanción que impuso a un conductor sólo cuando tuvo conocimiento de que había acudido a los tribunales por considerar la sanción “injusta”.
Tráfico impuso al conductor una multa de 150 euros por “circular sin ningún tipo de alumbrado en situación de falta o disminución de visibilidad por las condiciones meteorológicas o ambientales como consecuencia de la lluvia”.
Sin embargó, el sancionado demostró con un informe de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) que ese día “no llovió y estaba soleado”.