La DGT da prioridad a las denuncias contra el impago en peajes

La DGT ha notificado a todas las unidades de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil comunicandoles que es urgente el denunciar a todos los conductores que se nieguen a pagar los peajes, ademas no solo eso, sino que las multas deberán ser tramitadas de forma prioritaria.

El resumen de las sanciones por infracción al Reglamento General de Circulación que pueden ser aplicadas es el siguiente:

– Negativa de un conductor a abonar el peaje: infracción del artículo 15, incumpliento de las señales de restricción de paso, multa de hasta 100€.

– Conducir por carriles destinados a telepeaje sin estar provisto del mismo, infracción al artículo 132.1, multa de 100€.

– Conductor que se ha negado a abonar el peaje y que «persista en la negativa a circular a pesar de haber sido requerido para ello», esto provoca que entorpezca la circulación, infracción al artículo 2, multa de 100€.

– Abandono del vehículo en el carril de peaje y mostrar voluntad de dejarlo allí detenido, infracción al artículo 91.2, parada o estacionamiento en lugar peligroso o que obstaculize la circulación, multa de hasta 200€.

– Casos de cambio de sentido o marcha atras realizados son consentimiento e indicaciones del personal de la autovia/autopista.

TRAMITACIÓN DE «FORMA PRIORITARIA»

Si hay agentes de Guardia Civil en la autovia/autopista serán los encargados de denunciar, en caso de que no estén presentes, los propios empleados de la vía rellenarán un formulario con los datos del infractor que luego entregarán a la Guardía Civil. El formulario de denuncia es recomendable acompañarlo de una prueba gráfica que muestre la matrícula del vehículo así como la identidad de alguna otra persona que haya presenciado los hechos para que pueda actuar como testigo mas adelante.

Estas denuncias deberán ser recogidas y tramitadas «a la mayor brevedad posible, y en todo caso antes de las siguientes 24 horas hábiles a la recepción de las mismas».

DENUNCIAS NO FORMULADAS POR LA GUARDIA CIVIL

En el caso de que reciban una sanción por no abonar un peaje, es imprescindible fijarse en el denunciante. Si el denunciante es un operario del peaje, la denuncia se tramitará como voluntaria y carecerá de presunción de veracidad. Será el denunciante quien tenga que aportar pruebas que demuestren la infracción, ya que prima la presunción de inocencia del Art 24 C.E. Si no se cumplen los requisitos de las denuncias voluntarias, estas serán nulas

Autor: Alvaro
Creador y administrador del grupo de webs de Portalvasco.com. Desde Septiembre del año 2006 escribiendo en este blog sobre aviso de radares, radares y cinemómetros, noticias sobre temas de tráfico, motor, seguridad en carretera, seguros, leyes, un poco sobre sociedad, actualidad y temas relacionados con informática, accesorios electrónicos e internet.

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