Desde el 1 de enero, el personal encargado de la vigilancia de las autopistas de peaje está investido temporalmente del
carácter de autoridad -en ausencia de los agentes públicos competentes- y queda obligado a denunciar el impago de los
peajes, teniendo “valor probatorio” su versión de los hechos.
Así queda recogido en una modificación de la Ley de Seguridad Vial y de la Ley de construcción, conservación y
explotación de las autopistas en régimen de concesión, publicada el pasado 28 de diciembre.
Obligación de pagar el peaje
Entre los principales cambios introducidos en la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión, se encuentra: 1º) la obligación de los usuarios de las autopistas de abonar el importe del peaje que corresponda según la tarifa aprobada; 2º) considerar como infracción administrativa
la circulación por estas vías sin abonarlo y 3º) la tramitación de las denuncias que formulen por este motivo tanto los agentes de policía encargados de la vigilancia del tráfico como el personal de la autopista conforme a la normativa de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial.
Los empleados, “autoridades temporales”
Igualmente se establece que “el personal encargado de la vigilancia de la autopista, en ausencia de los agentes públicos
competentes, y cuando por la excepcionalidad de la situación se requiera, podrá adoptar las disposiciones necesarias
en orden a la regulación y ordenación del tráfico formulando, en su caso, las denuncias procedentes conforme a la normativa de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, y quedando investidos temporalmente de carácter
de autoridad. Las denuncias formuladas por el personal de la empresa concesionaria tendrán valor de medio de prueba para acreditar los hechos denunciados”.
Denuncias por foto
En las autopistas que tengan implantado el peaje dinámico o telepeaje, para acreditar los hechos infractores podrá utilizarse “cualquier sistema o medio técnico, mecánico o de reproducción de imagen que identifique a los vehículos”.
Titular del coche
Por último, se establece la responsablidad del titular del vehículo de las infracciones por el impago de los peajes de las vías en el caso de que no se identifique expresamente al conductor infractor.
Lo de siempre, La constitución por el forro de los cojones. Y que yo sepa autoridad creo que forzosamente deben ser funcionarios por ley, así que el EBEP diría que tambien se los está pasando por el forro.
No tienen obras para chupar y necesitan robar como sea para seguir chupando
La dictadura del PPSOE es como un cancer, no se otro que haría pero estos ya es hora de que dejen de arrasar el pais.
Es complicado, pero cuanto mayor sea el número de personas que no tengan nada que perder mayor será el peligro que correrá esta dictadura de partidos encabezada por su majestad y sus aláteres PP y PSOE.
Lo veo y no lo creo. Ya tenemos bastante con los chupasangres del parkimetro como para darles poder a estos. Dentro de poco las cajeras del Carrefour nos podrán multar con poner los carritos en medio de los pasillos. Andar con ojo cuando vayáis de compra!