Nuevas armas para cobrar las multas por radar a vehículos extranjeros. El Servei Català de Trànsit quiere llegar donde haga falta para cobrarlas, por ello quiere que una especie de cobrarrecompensas de las multas se encarguen de perseguir a los infractores allá donde estén de Europa. Trànsit ha decidido que sean empresas especializadas las que se encarguen de dar con los domicilios de los titulares de las matrículas, una información que no está disponible al tratarse de personas de otros países, y de notificarles la sanción. En el 2011 -último año con datos disponibles-, unas 130.000 infracciones por exceso de velocidad, con castigo económico de entre 100 y 600 euros, cayeron en saco roto porque la Administración catalana (responsable de la gestión de la circulación en Catalunya) no tiene acceso a las bases de datos de los conductores foráneos.
Lo mismo les ocurre a los otros dos organismos del ramo en España, la dirección de Tráfico del Gobierno Vasco y, para el resto del territorio español, la dirección general de Tráfico (DGT). La primera puso en marcha este sistema de cobro internacional de morosos hace un año. Los buenos resultados obtenidos han animado tanto a la DGT como al servicio catalán a adoptar la misma medida. Ambos trabajan en la elaboración de las bases para los concursos, que se espera estén listos este año.
El problema es importante en Catalunya, porque es la principal vía de entrada y salida por carretera de los extranjeros en España. Además, es una comunidad muy turística con muchos vehículos foráneos, especialmente en periodos vacacionales, y no sólo por las autopistas y autovías, sino también por las carreteras secundarias y locales. Una de cada cinco multas de este tipo corresponde a coches o motos con matrícula de otros países. En el 2011 se impusieron 162.000, de las que Trànsit sólo cobró el 20%.
Para cazar a estos fittipaldis que quedan impunes, Trànsit probó a finales del año pasado un sistema pionero en la AP-7, a la altura de Girona (véase La Vanguardia del 5/XI/2012). Mediante lectores de matrículas conectados a la central en la que están almacenadas todas las fotografías de radares. Si hay coincidencia y el vehículo identificado está en la lista negra, se envía un mensaje a una patrulla de reacción de los Mossos d’Esquadra que está unos kilómetros más adelante. Esta detiene el vehículo y le notifica la infracción. Esto resulta clave, ya que los agentes tienen la capacidad legal para efectuar el cobro en el acto. Si el infractor es español y no ha sido pillado in fraganti por la policía, hay procedimientos para informarle y exigirle el pago, incluso por vía ejecutiva embargando cuentas bancarias. Pero si es extranjero, las cosas son muy distintas.
Esta prueba se saldó con éxito. De los 190 vehículos que se interceptaron, 170 abonaron la sanción. Pero, aun valorando el resultado, Trànsit considera que la capacidad de este sistema es muy limitada. Es como matar moscas a cañonazos. De todos modos, se seguirá utilizando de manera aleatoria en las principales vías que conectan con Francia, especialmente en la AP-7, pocos kilómetros antes de que los infractores abandonen España y se adentren en un terreno de impunidad legal. Pero hay que ir más allá, explican fuentes de este organismo, cruzar la frontera y buscar el modo de lograr el cobro a más conductores. Aquí entran en juego los cobrarrecompensas.
El nuevo sistema no se puede desplegar desde el propio Servei Català de Trànsit por falta de medios. Localizar el domicilio del infractor y notificarle la multa es un trabajo complejo y caro. Las empresas especializadas, con presencia en varios países, tienen acceso a las bases de datos necesarias. Ante la carencia de recursos, las administraciones buscan nuevas fórmulas para desarrollar servicios a coste cero. La decisión de Trànsit es firmar un convenio con la empresa que resulte elegida y no un contrato en el sentido tradicional, y ofrecer como recompensa a la firma que consiga cobrar las multas en el extranjero un porcentaje del importe. A más multas, más ingresos para la empresa (que, según los casos, se queda hasta un 40%) y también para la Administración.
El concurso para el caso catalán fijará las condiciones que deberán ofrecerse, entre ellas, que se proporcione la información sobre la sanción en el idioma del denunciado, que se le explique y facilite la posibilidad de plantear recurso y que, llegado el caso, se pueda abonar la multa mediante un sistema sencillo y seguro.
Los resultados de las experiencias de este tipo que hay en funcionamiento animan a los responsables de Trànsit. En las tres ciudades italianas (Roma, Florencia y Arezzo) se ha logrado notificar el 55% de las multas y se han cobrado en el 47% de los casos. En el País Vasco, la medida también ha dado frutos. Entre marzo y septiembre del 2012 los radares cazaron a 42.000 fittipaldis extranjeros. En el momento de hacer el primer balance, de este total se habían tramitado 31.000 sanciones y notificado 5.000, y -dato relevante- el 37% de estos últimos había pagado, lo que supuso ingresos por valor de 110.000 euros. Los estudios hechos en Euskadi estiman que el 35% de estas multas las cometen conductores de fuera de España.
Pero una cosa es poder notificar la sanción y otra muy distinta que se acabe cobrando. Si el infractor reside en el extranjero y se niega a pagar, hoy por hoy no hay modo de hacerle pasar por caja. Caso distinto ocurre si el expediente se dirige a un residente en España, ya que es posible la acción ejecutiva por parte de la Administración, que puede comportar el embargo de cuentas. No obstante, las experiencias en funcionamiento demuestran que los conductores del centro y el norte de Europa, si reciben la sanción en su domicilio, la abonan con más facilidad que los del sur.
El Parlamento Europeo aprobó en el 2011 una directiva que persigue que los estados compartan los datos de los conductores y, así, poder notificarles las sanciones no sólo por exceso de velocidad, sino también por no usar el cinturón de seguridad, saltarse semáforos en rojo o ir al volante en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas, no llevar casco si se va en moto, circular por carriles indebidos o usar móviles al volante. No están previstas acciones que permitan ejercer la vía ejecutiva entre estados.
Fuente: La Vanguardia