MOVIMIENTO140 aplaude la subida de 120 a 130 km/h pero pide que se expliquen los criterios para su aplicación

La Asociación Movimiento140, que ha recogido más de 226.000 firmas para pedir, entre otras cosas, que se eleven los límites de velocidad en autopista y autovía, aplaude que el proyecto de reforma de la Ley de Seguridad Vial recoja un aumento de dichos límites de 120 a 130 km/h.

La Asociación está impulsada por Dvuelta, y ratifica el compromiso de esta entidad de defensa de los conductores con las demandas ciudadanas relacionadas con el tráfico que tienen sus más recientes precedentes en el recurso de la Ley Tasas (admitido por la Audiencia Nacional, que ha instado la inconstitucionalidad de dicha Ley), o la supresión definitiva, confirmada por el Tribunal Supremo, de la Ordenanza sobre multas del Ayuntamiento de Madrid.

Sin embargo, Movimiento140 critica los discrecionales términos de aplicación de los nuevos límites de velocidad, que impedirán su aplicación inmediata. Así, mientras, para reducir los límites en otras vías no se aplica estudio, análisis ni consideración objetiva alguna, para aplicar la subida a 130 habrá que esperar un plazo no definido de tiempo en que la DGT determine cuáles y por qué son los tramos idóneos.

Estudio riguroso

Movimiento140 pide que la reglamentación de los límites de velocidad se base en criterios puramente técnicos y precedida de un debate social sin condicionamientos ni cortapisas. En este sentido, y reclamando la movilidad como factor fundamental en la evolución de la economía (como ha hecho Holanda y ha anunciado el Reino Unido), ¿por qué razón no se aplican los mismos criterios para bajar los límites en carreteras convencionales que para subirlos en autopistas y autovías? ¿Acaso no hay una mayoría de tramos en carreteras secundarias que jamás han registrado un siniestro que merecerían la misma consideración para la fijación de un límite de velocidad que aquellos, en las mismas condiciones, que existen en autopistas y autovías?

Para Movimiento140, la respuesta es clara: el mito de “la velocidad mata” lleva muchos años siendo la coartada de la DGT para sembrar las carreteras de radares, “por nuestra seguridad”, pero, en proporción 80 a 20, los cinemómetros se hallan en las vías más seguras.

En todo caso, cabe destacar lo que, a priori, parece un elemento secundario en la redacción del texto de la reforma de la Ley de Seguridad Vial: la prohibición de los detectores de radar, legalizados a finales de 2009, con la entrada en vigor de la reforma de Ley de Seguridad Vial. Estos dispositivos, que no anulan el efecto del radar, sí avisan de su presencia al ser detectados. Su proliferación tras ser legalizados ha tenido como consecuencia un descenso de un 10% en la recaudación por exceso de velocidad; algo que la DGT no está dispuesta a permitir. Y, por el contrario, no parece posible afirmar que su legalización haya tenido efecto alguno en la seguridad vial, más bien al contrario: la siniestralidad no ha dejado de descender desde que fue aprobado su uso.

Velocidad Vs. Siniestralidad

Más allá de cualquier opinión, valoración o análisis en caliente, lo correcto es remitirse a los datos de la propia DGT sobre incidencia del exceso de velocidad en los accidentes con víctimas: un 1,44% según los datos del Anuario Estadístico de Accidentes de la DGT. Cifra a todas luces acallada y ocultada y que delata que detrás de la persecución a los conductores por su velocidad no se encuentra su seguridad, sino su cartera: no en vano, la tercera parte de las multas de la DGT provienen del exceso de velocidad; multas que no necesitan ser notificadas en el momento de la comisión de la infracción, que se tramitan automáticamente y que se embargan, a quien no las pague ni recurra, en el plazo de dos meses. Por nuestra seguridad.

Autor: Otros
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2 ideas en “MOVIMIENTO140 aplaude la subida de 120 a 130 km/h pero pide que se expliquen los criterios para su aplicación

  1. y que pasa con la ilegalización de los detectores de radar?? que pasa con los que compramos esos aparatos cuando los legalizaron? se nos devuelve el dinero? se nos deja usarlos con las facturas de compra?

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